23/Jun/06 16:48
" JJFARIAS "
POR LO QUE CITAS DEBO ENTENDER QUE NO TENGO DERECHO A DESCUENTO SOBRE LA MULTA, PORQUE NO LA PAGUE EN EL PLAZO DE LOS 45DIAS NATURALES.
LO QUE ME QUEDA DUDA, ES CUANTO TIEMPO TENGO PARA PAGAR UNA VEZ QUE ME ESTAN NOTIFICANDO QUE FUE RECHAZADO MI PROCEDIMIENTO ???
SALUDOS Y GRACIAS
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magus
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23/Jun/06 17:07
Re: MULTA
" JJFARIAS"
OTRA DUDA LOS INGRESOS DE $ 1,750,000 SE REFIEREN A INGRESOS ACUMULABLES ????
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magus
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23/Jun/06 17:07
Re: MULTA
[quote:8b082a86f5="magus"]" JJFARIAS "
POR LO QUE CITAS DEBO ENTENDER QUE NO TENGO DERECHO A DESCUENTO SOBRE LA MULTA, PORQUE NO LA PAGUE EN EL PLAZO DE LOS 45DIAS NATURALES.
LO QUE ME QUEDA DUDA, ES CUANTO TIEMPO TENGO PARA PAGAR UNA VEZ QUE ME ESTAN NOTIFICANDO QUE FUE RECHAZADO MI PROCEDIMIENTO ???
SALUDOS Y GRACIAS[/quote:8b082a86f5]
Derecho al 20% no, pero si caes en el supuesto señalado en el Art. 70 en su cuarto párrafo si es factible que inclusive puede ser del 50%.
Normalmente son procedimientos internos de la Autoridad, al resolver otro Departamento (Como lo es la Admon Local Juridica) de inmediato envia el estatus a la ALR para que esta ejercite el cobro coactivo, es decir la aplicación del PAE.
El tiempo varia, no existe un plazo para su cobro ya una vez resuelto en contra, en teoría debe ser de inmediato.
Como puede ser una semana, puede ser 15 días, un mes, etc.
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla'
http://groups.msn.com/AportacionesFiscales/home.htm
SALUDOS
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jjfarias
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23/Jun/06 17:13
Re: MULTA
" JJFARIAS "
Deecho al 20% no, pero si caes en el supuesto señalado en el Art. 70 en su cuarto párrafo si es factible que inclusive puede ser del 50%.
[color=red:6e91b93a39][/color:6e91b93a39]CUAL ES EL PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR EL DECTO DEL 50% ????
ACASO POR ESCRITO LIBRE ??
EN CUANTO TIEMPO ME RESUELVEN PARA PODER PAGAR ??
DISCULPA TANTA PREGUNTA.
GRACIAS
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magus
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23/Jun/06 18:02
Re: MULTA
[quote:fe0d313e32="magus"]" JJFARIAS "
Deecho al 20% no, pero si caes en el supuesto señalado en el Art. 70 en su cuarto párrafo si es factible que inclusive puede ser del 50%.
[color=red:fe0d313e32][/color:fe0d313e32]CUAL ES EL PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR EL DECTO DEL 50% ????
[color=darkblue:fe0d313e32]Acude ante la ALR y si tus ingresos del ejercicio inmediato anterior son menores a 1,750,000.00 puedes solicitarlo via verbal (Obviamente acreditando la personalidad del que comparece ya sea el propio contribuyente o el Rep. Legal) y dicha Administración te reimprime el formulario ya con el descuento incluido.[/color:fe0d313e32][/b:fe0d313e32]
ACASO POR ESCRITO LIBRE ??
[b:fe0d313e32][color=darkblue:fe0d313e32]No necesitas escrito libre.[/color:fe0d313e32][/b:fe0d313e32]
EN CUANTO TIEMPO ME RESUELVEN PARA PODER PAGAR ??
[b:fe0d313e32][color=darkblue:fe0d313e32]Es inmediato.[/color:fe0d313e32]
DISCULPA TANTA PREGUNTA.
GRACIAS[/quote:fe0d313e32]
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SALUDOS
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jjfarias
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23/Jun/06 18:10
Re: MULTA
[quote:7e921ff96b="jjfarias"][quote:7e921ff96b="magus"]" JJFARIAS "
Deecho al 20% no, pero si caes en el supuesto señalado en el Art. 70 en su cuarto párrafo si es factible que inclusive puede ser del 50%.
[color=red:7e921ff96b][/color:7e921ff96b]CUAL ES EL PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR EL DECTO DEL 50% ????
[color=darkblue:7e921ff96b]Acude ante la ALR y si tus ingresos del ejercicio inmediato anterior son menores a 1,750,000.00 puedes solicitarlo via verbal (Obviamente acreditando la personalidad del que comparece ya sea el propio contribuyente o el Rep. Legal) y dicha Administración te reimprime el formulario ya con el descuento incluido.[/color:7e921ff96b][/b:7e921ff96b]
ACASO POR ESCRITO LIBRE ??
[b:7e921ff96b][color=darkblue:7e921ff96b]No necesitas escrito libre.[/color:7e921ff96b][/b:7e921ff96b]
EN CUANTO TIEMPO ME RESUELVEN PARA PODER PAGAR ??
[b:7e921ff96b][color=darkblue:7e921ff96b]Es inmediato.[/color:7e921ff96b]
DISCULPA TANTA PREGUNTA.
GRACIAS[/quote:7e921ff96b][/quote:7e921ff96b]
CAIGO EN EL SUPUESTO DE SOLICITAR EL 50% DE DESCUENTO YA QUE EN EL EJERCICIO INMEDIATO LO INGRESOS ACUMULABLES NO LLEGAN AL $ 1,750,000
MUCHAS GRACIAS
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magus
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24/Jun/06 0:07
Re: MULTA
[quote:44c83e5a6f="jjfarias"][quote:44c83e5a6f="magus"]" JJFARIAS "
POR LO QUE CITAS DEBO ENTENDER QUE NO TENGO DERECHO A DESCUENTO SOBRE LA MULTA, PORQUE NO LA PAGUE EN EL PLAZO DE LOS 45DIAS NATURALES.
LO QUE ME QUEDA DUDA, ES CUANTO TIEMPO TENGO PARA PAGAR UNA VEZ QUE ME ESTAN NOTIFICANDO QUE FUE RECHAZADO MI PROCEDIMIENTO ???
SALUDOS Y GRACIAS[/quote:44c83e5a6f]
Derecho al 20% no, pero si caes en el supuesto señalado en el Art. 70 en su cuarto párrafo si es factible que inclusive puede ser del 50%.
Normalmente son procedimientos internos de la Autoridad, al resolver otro Departamento (Como lo es la Admon Local Juridica) de inmediato envia el estatus a la ALR para que esta ejercite el cobro coactivo, es decir la aplicación del PAE.
El tiempo varia, no existe un plazo para su cobro ya una vez resuelto en contra, en teoría debe ser de inmediato.
Como puede ser una semana, puede ser 15 días, un mes, etc.[/quote:44c83e5a6f]
ASI COMO COMENTAS, ES INMEDIATO. LA AUTORIDAD PUEDE COBRAR UNA VEZ RESUELTO.
SALUDOS.
NULLUM TRIBUTE SINE LEGE
ES NULO EL TRIBUTO SIN LEY
DI NO A LA EXCLUSIVIDAD
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ANONIMO2
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