27/Jul/06 12:26
Si una PF efectuo compras a cretido a una persona fisica en el 2005, y estas son pagadas en este año puedo deducirlas en el presente ejercicio, o que tratamiento se le debe dar???.
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huchiman79
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27/Jul/06 13:26
Puedes deducirlas en éste ejercicio!!
No hay ninguna limitante para personas fisicas, el requisito es que estén pagadas las compras.
¡¡ juntos damos soluciones !!
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Mem
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27/Jul/06 13:32
Re: COMPRAS A CREDITO
Men si hay limitantes, hay que verificar la fecha del comprobante de 2005
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EDPZ
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27/Jul/06 13:33
Re: COMPRAS A CREDITO
[quote:e3b8d585e9="EDPZ"]Men si hay limitantes, hay que verificar la fecha del comprobante de 2005[/quote:e3b8d585e9]
De persona fisica a persona fisica?
Puedes poner el fundamento por favor.
¡¡ juntos damos soluciones !!
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Mem
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27/Jul/06 13:43
Re: COMPRAS A CREDITO
Claro,
Segundo parrafo de la Fr I Articulo 125 LISR y 159 RLISR
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EDPZ
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27/Jul/06 13:47
Re: COMPRAS A CREDITO
[quote:6433b9aacb="EDPZ"]Claro,
Segundo parrafo de la Fr I Articulo 125 LISR y 159 RLISR[/quote:6433b9aacb]
Estas en lo correcto, a partir de ahora voy a checar las fechas.
Nose de donde saque, que solo aplicaba en pagos de PM a PF
¡¡ juntos damos soluciones !!
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Mem
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27/Jul/06 13:50
Re: COMPRAS A CREDITO
No te preocupes, creo que te fuiste por la logica. Seria funcional que se aplicara como tu lo mencionaste.
Saludos...
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EDPZ
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28/Jul/06 15:35
Re: COMPRAS A CREDITO
Tienes cuatro meses a partir de la fecha de la factura para pagarla en el siguiente ejercicio. Por ejemplo si la factura tiene fecha de 30 de nov de 2005, tienes hasta el 30 de marzo de 2006 para pagarla y deducirla; si tiene fecha del 30 de dic de 2005, tienes hasta el 30 de abril de 2006 para pagarla y deducirla.
Segundo párrafo, art 15 RISR
Sin embargo este criterio solo aplica para los gastos, las compras tienen un tratamiento distinto, esas las puedes deducir cuando las pagues aunque pasen los cuatro meses, no me acuerdo el fundamento, pero yo fui a una consulta y me lo confirmaron, porque imaginate que el SAT te limitara tu credito a 4 meses, que tal que tu te tardes en pagar, no es justo que no sea deducible, pero bueno por lo menos si estas dentro de los cuatro meses, estas en lo seguro.
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CPTOPETE
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28/Jul/06 17:17
Re: COMPRAS A CREDITO
Pero solo aplica para personas morales.
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IUSPRUDENCIA
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