17/Ago/06 12:56
Re: Procede el cobro de la multa????
Creo que aqui el detalle es que el mismo dia 13 fue la NOTIFICACION y el mismo dia realizaste el PAGO. Habra que demostrar a la autoridad que este pago fue antes de la otificacion. Ya que la autoridad se estara fundamenteando con el siguiente articulo.
Art. 73 CFF Pago espontáneo, fuerza mayor y caso fortuito [/b:a451593856]
No se impondrán multas cuando se cumplan en forma espontánea las obligaciones fiscales fuera de los plazos señalados por las disposiciones fiscales o cuando se haya incurrido en infracción a causa de fuerza mayor o de caso fortuito. Se considerará que el cumplimiento no es espontáneo en el caso de que:
I. La omisión sea descubierta por las autoridades fiscales.
[b:a451593856]II. La omisión haya sido corregida por el contribuyente después de que las autoridades fiscales hubieren notificado una orden de visita domiciliaria, o haya mediado requerimiento o cualquier otra gestión notificada por las mismas, tendientes a la comprobación del cumplimiento de disposiciones fiscales.
III. La omisión haya sido subsanada por el contribuyente con posterioridad a los diez días siguientes a la presentación del dictamen de los estados financieros de dicho contribuyente formulado por contador público ante el Servicio de Administración Tributaria, respecto de aquellas contribuciones omitidas que hubieren sido observadas en el dictamen.
Alejandro Gamborino