29/Ago/06 9:14
Re: Requisito comprobantes
[quote:f9e3fca338="Emprendedorfiscal"]Hola LCHS :
No te dejes espantar por el petate del muerto. El articulo 31 de la LISR no establece como requisito de deducibilidad la vigencia en los comprobantes fiscales.
La fraccion III de dicho articulo solo hace referencia, como unico requisito, la relativa a la identidad y domicilio de quien lo expida, asi como de quien adquirió el bien de que se trate o recibió el servicio.
Si alguien del foro puede rebatir este punto, significará que me he "bailado" a la autoridad varias veces.
Byby[/quote:f9e3fca338]
Solo que hay que considerar que dentro de las reformas del 28 de Junio el numeral quedo comop sigue: "Estar amparadas con documentación que reuna los requisitos de las disposiciones fiscales..."
Precisamente para evitar cualquier tipo de interpretación que va en contra del espiritu del legislador. En virtud de lo anterior, los requisitos de la documentación se encuentran establecidos en los Arts. 29 y 29-A del CFF, siendo uno de ellos en este último numeral en el segundo párrafo de la Fracc. IX.
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla'
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SALUDOS