08/Sep/06 9:29
PM Auditada - la puede revisar Hacienda del Estado
Tengo una Persona Moral que audita sus estados financieros, hoy llego Hacienda del Estado para realizarme una verificacion (revision).
Procede ????
Alejandro Gamborino
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aruiz
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08/Sep/06 9:32
Re: PM Auditada - la puede revisar Hacienda del Estado
Facultades tiene, si, aunque en principio deberían seguir el orden secuencial e ir con el dictaminador.
Habría que ver la fundamentación para saber si es de las facultades que deben seguir orden secuencial o son requerimientos que corren independientes.
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
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Cheque
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08/Sep/06 13:59
VERIFICA LO DISPUESTO EN EL ART. 47 DEL CFF.
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marruben
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08/Sep/06 14:04
Re: PM Auditada - la puede revisar Hacienda del Estado
Terminación anticipada...ni los del SAT te lo respetan, los del Estado ni han de conocer el artículo...en fin.
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
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Cheque
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08/Sep/06 16:34
Re: PM Auditada - la puede revisar Hacienda del Estado
El Problema de todo esto es que me estan revisando enero, febrero y marzo del 2006.
Alejandro Gamborino
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aruiz
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09/Sep/06 11:44
Re: PM Auditada - la puede revisar Hacienda del Estado
Aunque proceda, en el convenio de colaboración se da facultades al edo para determinar impuestos federales pero ojo , NO para Cobrar en caso de determinar algun credito
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cafiemoreno
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09/Sep/06 12:47
Re: PM Auditada - la puede revisar Hacienda del Estado
efectivamente tu empresa dictamina sus estados financieros, sin embargo si te estan revisando el ejercicio 2006, del cual aun no estas dictaminado, tando hacienda federal como hacienda del estado estan en todas sus facultades de revisarte el ejercicio en cuestion. una vez que te un contador te dictamine 2006 ni hacienda federal ni hacienda del estado podran revisarte sin seguir el procedimiento.
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cfrmv
Cabo
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09/Sep/06 14:24
Re: PM Auditada - la puede revisar Hacienda del Estado
Frac. VIII DE LA CARTA DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE AUDITADO (Te la entregaron o te la debieron entregar):
La autoridad fiscal deberá concluir de manera anticipada la visita domiciliaria cuando el contribuyente visitado se encuente obligado a dictaminar sus EE.FF. por CP registrado o bien que hayan optado por hacerlo y no se haya cumplido con haber solicitado información al C.P. respecto del dictamen que éste haya elaborado ...
Si estás obligado, no te deben revisar
Si es optativo y el período abarca también 2005, no te deben revisar
Si es optativo y el período es sólo 2006 te pueden revisar
Si ya revisaron al que te dictaminó, en cualquier caso te pueden auditar.
Esta es mi opinión personal, para los casos de visita domiliciaria. Aunque no mencionaste de qué tipo de revisión se trataba.
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MOREMICH
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09/Sep/06 19:13
Re: PM Auditada - la puede revisar Hacienda del Estado
en primer lugar, revisa el convenio de colaboracion celebrado con tu estado, a lo mejor no contiene esa expresa autorizacion-
por otro lado, siendo dictaminado, deben de observar la terminacion anticipada de la visita, si no lo hacen, pues tienes un argumento sumamente fuerte para efectos de impugnar el credito que pudieran determinar.
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Hanff
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14/Sep/06 20:41
Por lo que mencionas, te están revisando los pagos provisionales del ejercicio actual, por lo tanto, el ejercico de 2006 aún no esta dictaminado, sin embargo habría que ver si por los ingresos del ejercicio anterior esta obligada a dictaminarse, o por la base de activos en los terminos de la ley del impuesto al activo, para en su caso proceda la conclusión anticipada a que han hecho referencia otros colegas.
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jesussantiagosotelo
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