Una PF con actividad empresarial, dedicada exclusivamente a la agrícultura, no esta obligado a hacer pagos provisionales en relación del impuesto al activo, segun el art 7 de LIAC.
La duda es, en relación a la declaración anual, debe de presentar alguna información.. realizar algun pago por sus activos???
Me podrían ayudar con esa información?
Gracias
Saludos
lorito Capitán Segundo Mensajes:
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26/Sep/06 15:58
Unicamente presentar en la anual la informacion del IMPAC, y anotar $0.00 por pagar
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
vabdo General de Brigada Mensajes:
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26/Sep/06 18:08
Re: Impuesto al Activo
En referencia al cuestionamiento previsto, cabe señalar que el Art. 12 de la Ley del Impuesto al Activo (LIA), especificamente en su ultimo parrafo, manifiesta lo correspondiente a la determinacion del valor del activo para los contribuyentes que se dediquen exclusivamente a las actividades de Agricultura, esto es que "consideraran como valor de su activo en el ejercicio, el valor catastral de sus terrenos que sirva de base para determinar el impuesto predial".
herrera Cabo Mensajes:
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26/Sep/06 18:14
Re: Impuesto al Activo
Buenas, como mencionas en ese art 12 del LIA, es poner la valor del bien, mas no estoy obligado a realizzar algún pago de dicho bien???
gracias
lorito Capitán Segundo Mensajes:
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Agosto 16, 2005 Ubicación:
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26/Sep/06 19:34
[quote:86fbec3dc2="lorito"]Buenas, como mencionas en ese art 12 del LIA, es poner la valor del bien, mas no estoy obligado a realizzar algún pago de dicho bien???
gracias[/quote:86fbec3dc2]NO PAGARIAS NADA
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vabdo General de Brigada Mensajes:
7573 Ingresó:
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