23/Oct/06 18:55
Re: Seguro de Vida y gtos medicos en SC
Yo acabo de tratar esto con mis auditores.
Los seguros de los socios no los puedes considerar previsión social, porque no son empleados. Por ese lado no hay que buscarle a menos que se convierta a los socios en empleados con todas las implicaciones...
Tampoco es posible considerar a los seguros como gastos indispensables de la Sociedad a menos que se trate de algún seguro de hombre clave, mismo que protege a la compañía en caso de pérder a su personal clave. Esto es diferente de los seguros de Gastos Médicos Mayores, Vida, Retiro, etc... cuyos reembolsos se hacen directamente a sus beneficiarios.
Hay sociedades que deducen los seguros como un gasto, sin embargo, si la autoridad rechaza estos seguros y se convierten en no deducibles se podrían considerar Dividendos de acuerdo al artículo 165, fracc III LISR.
Yo recomendaría contratar esos seguros a nombre de los mismos socios, y si ellos no quieren pagarlos, entonces que la sociedad se los pague como retiro con la retención correspondiente o calculando la forma de piramidarlos para que salgan netos de ISR. Posteriormente, los socios pueden deducir en su declaración anual los seguros de Gastos Médicos y los de retiro ( cuando se contratan bajo ciertas circunstancias ).
Ojo: Los seguros de vida no estoy muy convencido de que sean deducibles de ISR para personas físicas.
Saludos. :P
'...Sobre poco has sido fiel; Sobre mucho te pondré...' Mateo 25:21