26/Oct/06 11:00
Re: DECLARACION INFORMATIVA DE IVA PARA 2007
[quote:7e65c78b4f="jancona"]Lobozac, no habia visto tu comentario, antes de enviar el mio.
Pero haber si entendi, Aunque el compañero tenga actividad exenta, debe de presentar la informativa de clientes y proveedores declarando el importe por cada proveedor que haya tenido operaciones por mas de 50 mil, es decir presentarla con datos, por que en mi comentario, dije que la debería presentar sin movimientos.
Por que la obligación si existe de acuerdo al art. 32 fracción VII, "proporcionar la información que del Impuesto al Valor Agregado se les solicite en las declaraciones del Impuesto Sobre la Renta"
La fracción no hace excepción a si tienes actividad exenta o gravada para IVA.
Y tambien debido a que las informativas mensuales entran en vigor apartir de 2007.
entonces la pregunta es: [color=red:7e65c78b4f]¿¿deberá de presentar la informativa de clientes y proveedores con datos o sin movimientos??[/color:7e65c78b4f]
saludos,
Jancona[/quote:7e65c78b4f]
ME REMITO AL "CRITERIO DEL SAT"
Declaración informativa de clientes y proveedores
1. ¿La presentación de la declaración informativa de operaciones con terceros será de clientes y proveedores o sólo de proveedores?
Sólo será de operaciones con proveedores.
Fundamento legal: Artículo 32 fracción VIII de la Ley del IVA.
2. ¿La obligación de presentar la declaración informativa de operaciones con clientes y proveedores va a desaparecer?
No, ya que el artículo 86, fracción VIII, 101, fracción V y 133, fracción VII de la Ley del Impuesto sobre la Renta y el Código Fiscal de la Federación relacionados con la obligación de presentar la declaración de clientes y proveedores siguen vigentes.
Por lo anterior, subsiste la obligación de presentar la declaración informativa de operaciones con clientes y proveedores.
3. ¿Cuándo tengo que presentar la declaración informativa de clientes y proveedores 2006?
A más tardar el 15 de febrero del 2007.
Fundamento legal: Artículo 86, fracción VIII, 101, fracción V y 133, fracción VII de la Ley del ISR.
4. ¿Estoy obligado a presentar la declaración informativa de clientes y proveedores y la declaración informativa de operaciones con terceros de 2006?
La obligación de presentar la declaración informativa de clientes y proveedores sigue vigente.
Asimismo, se tendrá por cumplida la obligación de presentación de la declaración informativa de operaciones con terceros cuando se presente la declaración informativa de clientes y proveedores respecto del ejercicio fiscal de 2006.
Fundamento legal: Cuarto Transitorio de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2006 publicada en el Diario Oficial de la Federación del 29 de septiembre de 2006.
5. ¿Tienen que ser el 100% de los proveedores los que se consideren para la declaración informativa de operaciones con terceros, aún y cuando el monto de las operaciones mensuales con un proveedor sea mínimo? Por ejemplo $20.00.
Podrá no relacionarse individualmente a los proveedores hasta por un monto que no exceda del 10% del total de los pagos efectivamente realizados en el mes, sin que en ningún caso el monto de alguna de las erogaciones incluidas en dicho porcentaje sea superior a $50,000.00 por proveedor. No se consideran incluidas dentro del porcentaje y monto los gastos por concepto de consumo de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres.
Fundamento Legal: Regla 5.1.22 de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2006 publicada en el Diario Oficial de la Federación del 29 de septiembre de 2006.
6. [color=red:7e65c78b4f]En caso de no tener operaciones con proveedores[/color:7e65c78b4f], ¿Se deberá presentar la declaración informativa?
[color=red:7e65c78b4f]Sí, ya que el artículo 32 fracción VIII de la Ley del IVA[/color:7e65c78b4f], establece la obligación de presentarla sin [color=blue:7e65c78b4f]distinguir si existen o no [/color:7e65c78b4f]operaciones con proveedores.
SI INTERPRETAMOS EN STRICTO SENSU LA ORACION, ENTENDEMOS QUE PUEDEN ENTRAR LAS OPERACIONES EXCENTAS.......
YA QUE SI NO TENIENDO OPERACIONES SE EXIGE, MAYORMENTE TENIENDOLAS AUN Y CIANDO SEAN EXCENTAS
SALUDOS
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO'
'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA'
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'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO
SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'