Alguien me podría decir si debo facturar la enajenación de mercancías con tasa 15 y tasa 0 de IVA, cuando el cliente me paga con vales de despensa. Cabe mencionar que en la parte de atrás de vale se menciona que "no se debe dar factura o nota por el monto de los canjes efectuados con vales". Si esto es así cuál es el fundamento legal?[/b]
Recuerda que la tasa de Iva es conforme a lo que estas enajenando o prestando el servicio y nada tiene que ver la forma en que te lo paguen asi es que considera la tasa acorde a lo que le estes vendiendo.
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
Colega bbs como ves el sat cierra puertas por todas partes con esa recomendacion de que no expidas factura se trata de evitar que el trabajador use sus vales para compra de otros productos que no sean de canasta basica o que los cambie por efectivo como ves un trabajador no necesita factura el no es una empresa si te piden factura seguramente quien lleva los vales no es el trabajador y se trata de quien los cambio por efectivo.
espero te sirva el comentario.
saludos.
EL BIEN Y EL MAL SIEMPRE ESTAN PRESENTES NOSOTROS ELEGIMOS.