Hasta donde sé en este año puedo deducir la PTU del 2005 en el calculo del pago provisional, En el formato que tengo que llenar no aparece este campo ni del credito al salario para acreditarlo contra los pagos. El personal de Estado me dicen que para el calculo del ISR al Estado no puedo hacerlo deducible la PTU, inclusive ni puedo aplicar el CAS contra el ISR, estas ocpiones son solamente para la federación.
NO SE SI TU FUISTE QUIEN PREGUNTO AL RESPECTO SOBRE EL CAS, AL CUAL SE LE DIO RESPUESTA..PERO VA
ES QUE LAS DISMININUCIONES SON EN PAPELES DE TABAJO Y SOBRE EL ART 127 DE LISR...........CUANDO HACES "LA COMPARATIVA" PARA LLENAR EL FORMATO DE INTERMEDIO, YA VAN INCLUIDAS TODAS LAS DEDUCCIONES , DISMINUCIONES ETC..............DALE UNA VUELTA AL 127 Y AL 136 BIS, DE MANERA MUY RAZONADA, Y CAPTARAS LO ANTERIOR.......INCLUSO OBSERVA EL CITADO FORMATO EN SU ESTRUCTURA
SALUDOS
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO'
'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA'
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'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO
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[quote:4b6f1b2cf2="lobozac"]NO SE SI TU FUISTE QUIEN PREGUNTO AL RESPECTO SOBRE EL CAS, AL CUAL SE LE DIO RESPUESTA..PERO VA
ES QUE LAS DISMININUCIONES SON EN PAPELES DE TABAJO Y SOBRE EL ART 127 DE LISR...........CUANDO HACES "LA COMPARATIVA" PARA LLENAR EL FORMATO DE INTERMEDIO, YA VAN INCLUIDAS TODAS LAS DEDUCCIONES , DISMINUCIONES ETC..............DALE UNA VUELTA AL 127 Y AL 136 BIS, DE MANERA MUY RAZONADA, Y CAPTARAS LO ANTERIOR.......INCLUSO OBSERVA EL CITADO FORMATO EN SU ESTRUCTURA
SALUDOS[/quote:4b6f1b2cf2]Gracias lobozac
No fuí el que preguntó sobre el CAS aquella vez, pero ya quedó resuelta la duda.
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Lobozac estoy de acuerdo contigo eso es factible ahora pero cuando entre la nueva plataforma el formato donde se determina el isr segun el 127 calcula automaticamente el 5% y se lo descuenta al resultado del 127 quedando solo la diferencia que habria que pagar a la federacion y es en esa parte donde puede aplicarse el CAS yo hice la consulta al sat y me contestaron que no se podia aplicar en el pago a los estados y que hiciera la consulta a la juridica de ingresos ese es el criterio de asistencia del sat y el formato que sacaron lo confirma los invito a que en el simulador traten de hacer un pago donde puedan aplicar credito al salario por el valor total del resultado del 127.
espero sus comentarios
gracias
saludos.
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26/Oct/06 20:51
ES QUE INSISTO, .......DEBES HACER TUS DISMINUCIONES, **ANTES** DE LLENARLOS FORMATOS DE PAGO........ANTES DE LLENAR "LA PLATAFORMA"
SALUDOS
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Gracias Lobozac pero en la plataforma te piden tus ingresos y deducciones no hay para donde hacerse ese formato es una camisa de fuerza revisenlo por favor y no es nada mas un formato es la declaracion de cada mes de ahi se imprime para llevarlo al banco y pagar con una linea de captura o bien via internet al travez de una transferencia electronica en la pagina del banco, yo creo que con este esquema de pagos le pegan duro a los intermedios.
saludos.
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