ME PODRIAN POR FAVOR DECIR CUAL ES EL MONTO DEDUCIBLE DE GASTOS POR HOSPEDAJE EN TERRITORIO NACIONAL, YA QUE LA LEY SOLO PREVEE LOS GASTOS REALIZADOS EN EL EXTRANJERO.
Lo que sucede es que no hay tope para los gatos que expones... Es decir, limitan en el extranjero, pero para no desalentar a la industria sin chimeneas nacional, se permite que cobren lo que les venga en gana y si lo puedes pagar, lo puedes deducir... sin tope...
Hasta donde tengo entendido fue resultado de una negociación de los representantes hoteleros con la autoridad... esto data de años pasados... muy pasados... no se si tenga algo que ver que muchos políticos del pasado esten metidos a hoteleros... no creo... en México no se manejan así las cosas...