05/Ene/07 9:58
Re: fundamento de elaboración de nomias
juancarm, ya te dio el funadamenteo, unicamente como dato adicional, deseo comentarte que el artículo 9o del RACERF, indica que una nómina para efectos del Seguro Social debe contener lo siguiente:
* datos del patrón:
o nombre, denominación o razón social completo;
o número de registro patronal ante el Instituto;
o Registro Federal de Contribuyentes (RFC);
* datos de los trabajadores:
o nombre completo –nombre(s) y apellidos paterno y materno–;
o RFC;
o Clave Única de Registro de Población;
o duración de la jornada (normal, semana o jornada reducida);
o fecha de ingreso al trabajo;
o tipo de salario (fijo, variable o mixto);
* lapso que comprende y periodicidad establecida para el pago de salarios;
* salario base de cotización;
* importe total del salario devengado;
* conceptos y montos de las deducciones y retenciones efectuadas, y
* unidades de tiempo laboradas (horas).
Tratándose de los patrones de la construcción, deberán llevar nóminas y listas de raya por cada una de sus obras.
Alejandro Gamborino