Mediante decreto en el mes de enero se derogo la cuenta 1602 referente a credito al salario, para las cuentas publicas cual sería el criterio a utilizar de ahora en adelante para el reconocimiento de dicha cuenta en el presupuesto de organismos descentralizados.
El credito al salario es un pago que efectuas a los trabajadores derivado de sus percepciones, el cual es susceptible de acreditar....es decir es una "cuenta por cobrar"...ubicalo como tal....cuenta por cobrar......
Si puedes ser util a los demas, no dudes en hacerlo