05/Feb/07 17:24
Re: Obligación de presentar declaración abual (persona fisic
El inciso c del artículo 117-III, establece claramente, dos supuestos distintos, en los cuales, en los casos que mencionas, ambos caen y si razonas un poco, tiene sentido el porque.
c) Cuando dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate o cuando se hubiesen prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea.
Ojo, no es tema, pero en la practica muchos quieren meterle "simetría" al 116 con el 117 y entiendo la lógica apuntaría ahí, sin embargo, es obvio que los artículos en cuestión no hacen "match" y hay casos que quedan en el limbo...que ni la empresa esta obligada a hacerles el ajuste ni ellos a hacer su anual, ah, pero no faltará el contador creativo que se atreva a legislar a criterio y ajuste donde no deba ajustar...en fin.
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.