19/Feb/07 20:47
Acred. de diferencia entre ISR e IMPAC 3 ejercicios
Hola, buenas tardes.
Tengo duda respecto a la intrepretación que podria darsele al segundo parrafo del art. 9, de la LIA, el cual a la letra dice:
.....................
[i:8575a2414b]Adicionalmente, los contribuyentes podrán acreditar contra el impuesto del ejercicio, la diferencia que resulte en cada uno de los tres ejercicios inmediatos anteriores conforme al siguiente procedimiento y hasta por el monto que no se hubiera acreditado con anterioridad. Esta diferencia será la que resulte de disminuir al impuesto sobre la renta causado en los términos de los Títulos II o II-A o del Capítulo VI del Título IV de la Ley de la materia, [color=red:8575a2414b]el impuesto al activo causado[/color:8575a2414b], siempre que este último sea menor y ambos sean del mismo ejercicio. Para estos efectos, el impuesto sobre la renta causado en cada uno de los tres ejercicios citados deberá disminuirse con las cantidades que hayan dado lugar a la devolución del impuesto al activo conforme al cuarto párrafo de este artículo. Los contribuyentes también podrán efectuar el acreditamiento a que se refiere este párrafo contra los pagos provisionales del impuesto al activo.[/i:8575a2414b]
Respecto a los periodos de inicio de actividades y los dos siguientes, que pasa cuando la P.M. obtuvo solo ISR, y debido a que el art. 6 de la LIA, nos señala que no estara obligado al pago del IMPAC pero si lo calcula.....
¿Como debe determinar la diferencia que resulte en cada uno de los tres ejercicios inmediatos anteriores?, es decir (aunque se escuche nerd pero la duda la tengo
).....¿deberá considerar el monto del IMPAC que no entero por no estar obligado o considerará dicho valor como CERO, y acreditara todo el ISR pagado en cada uno de los 3 ejercicios anteriores?
Muchas gracias por sus comentarios.