28/Feb/07 9:13
Re: Software Extranjero deducible?
Ley del Impuesto al Valor Agregado:
Artículo 24. Para los efectos de esta Ley, se considera importación de bienes o de servicios:
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II. La adquisición por personas residentes en el país de bienes intangibles [/b:bcc66a560c]enajenados por personas no residentes en él.
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Artículo 26. Se considera que se efectúa la importación de bienes o servicios:
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III. Tratándose de los casos previstos en las fracciones [b:bcc66a560c]II[/b:bcc66a560c] a IV del artículo 24 de esta Ley, [b:bcc66a560c]en el momento en el que se pague efectivamente la contraprestación.[/b:bcc66a560c]
Cuando se pacten contraprestaciones periódicas, se atenderá al momento en que se pague cada contraprestación.
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Artículo 27. ...
El valor que se tomará en cuenta tratándose de importación de bienes o servicios a que se refieren las fracciones II, III y V del artículo 24, será el que les correspondería en esta Ley por enajenación de bienes, uso o goce de bienes o prestación de servicios, en territorio nacional, según sea el caso.
Reglamento de la Ley al Impuesto al Valor Agregado
Artículo 50. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley, los contribuyentes que importan bienes intangibles o servicios por los que deban pagar el impuesto, podrán efectuar el acreditamiento en los términos de la Ley en la misma declaración de pago mensual a que correspondan dichas importaciones.
Como se trata de bienes intangibles para el pago del impuesto no resulta aplicable el artículo 28 de la ley del IVA, entonces, entra en la regla general del artículo 5-D de la misma ley. Es decir, lo pagas y lo acreditas en la misma declaración.
Por otro lado la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece:
Artículo 31. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:
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XV. Que en el caso de adquisición de mercancías de importación, se compruebe que se cumplieron los requisitos legales para su importación. Se considerará como monto de dicha adquisición el que haya sido declarado con motivo de la importación.
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Diccionario de la Real Academia Española:
mercancía.
(Del it. mercanzia).
[b:bcc66a560c]1. f. Cosa mueble que se hace objeto de trato o venta.2. f. Trato de vender y comprar comerciando en géneros.
3. f. pl. u. c. sing. m. Tren de mercancías.
En resumen, aún cuando la Ley Aduanera no regula las importaciones de bienes in,tangibles, la ley del IVA previene esta situación obligando al pago del impuesto cuando se pague la contraprestación, dicho pago deberá realizarse junto con la declaración de pago mensual que efectúe el contribuyente, asimismo, le permite acreditar ese mismo impuesto en la misma declaración, siendo el efecto de cero.
La afectación de no efectuar esta declaración deviene en la no deducibildad de dicha importación para efectos del ISR por no reunir el requisito previsto en la fracción XV del artículo 31 de la ley del ISR.
En cuanto al convenio para evitar la doble tributación con los Países Bajos la tasa de retención para Regalías es del 10%, aunque tendrías que revisar detalladamente tu operación para verificar si cae en este supuesto.
Saludos,