27/Mar/07 9:00
Re: COMPROBANTE 2007 SIRVE EN 2006
[quote:14fdeb403a="teofiloperea"]Es [color=orange:14fdeb403a]muy raro que la autoridad revise las fechas de las facturas[/color:14fdeb403a], solo en los casos de montos muy grandes, y aun asi me he topado con casos de facturas de mas de un año en los que devolvieron el IVA sin nigun problema de fechas, creo que si se expidio el pago en 2006 y se cobro en 2006, puede acreditarse y deducirse en 2006, sin importar la fecha de la factura.
Asimismo, puedes acreditarlo y deducirlo en 2007, sin ningun problema.[/quote:14fdeb403a]
[color=orange:14fdeb403a]ES TU CRITERIO ?.......O TIENES FUNDAMENTOS[/color:14fdeb403a]
SI TE HA SUCEDIDO EN LO PARTICULAR, ME ALEGRO ES DECIR, QUE "TE HAYAN DEVUELTO HASTA IVA".......PERO ESO NO QUIERE DECIR QUE ASI SEA LA LEY............[color=red:14fdeb403a]LOS REQUISITOS HAY QUE CUMPLIRLOS[/color:14fdeb403a] ([u:14fdeb403a][i:14fdeb403a][color=orange:14fdeb403a]PARA ESO SON REQUISITOS[/color:14fdeb403a][/b:14fdeb403a][/i:14fdeb403a][/u:14fdeb403a])......YA SI DE "BUENA SUERTE " EN UNA REVISION ME TOCA UN AUDITOR MEDIO BU.......EY, PUES BUENO , "YA LA HICE", .....PERO SI ME TOCA UNO QUE LE "SEPA"......YA BAILE
[u:14fdeb403a][i:14fdeb403a][b:14fdeb403a][color=red:14fdeb403a]Requisitos[/color:14fdeb403a][/b:14fdeb403a][/i:14fdeb403a][/u:14fdeb403a] de las facturas:
Impresos el nombre, denominación o razón social, domicilio fiscal y clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien los expida. Si se tiene más de un local o establecimiento se debe señalar el domicilio de aquel en el que se expidan.
Número de folio impreso.
Lugar y [color=red:14fdeb403a]fecha de expedición[/color:14fdeb403a].
Clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona a quien se le expidan.
Cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio que amparen.
Valor unitario en número e importe total en número o en letra; en su caso, el monto de los impuestos que deban trasladarse.
Número y fecha del documento aduanero, y nombre de la aduana por la cual se importó la mercancía, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación.
Fecha de impresión y datos de identificación del impresor autorizado.
[color=red:14fdeb403a]Vigencia del comprobante.[/color:14fdeb403a]
Cédula de Identificación Fiscal. En el caso de las personas físicas debe contener la Clave Única del Registro de Población, salvo que la cédula se haya obtenido por reexpedición y previamente se haya presentado aviso de apertura de sucesión o cuando sea cédula de identificación provisional.
La leyenda: "La reproducción no autorizada de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales".
El Registro Federal de Contribuyentes, nombre, domicilio, y en su caso el número telefónico del impresor, así como la fecha en que se incluyó la autorización correspondiente en el portal de Internet del sat.
[color=red:14fdeb403a]La fecha de impresión[/color:14fdeb403a].
La leyenda: “Número de aprobación del Sistema de Control de Impresores Autorizados”, seguida del número generado por el sistema.
SI CORRELACIONAMOS LOS REQUISITOS MENCIONADOS, NOS DAREMOS CUENTA QUE SON UNITARIOS, ES DECIR , NO SON AISLADOS UNO DE OTRO......VAN UNIDOS
Las personas morales —excepto las personas morales con fines no lucrativos— y las personas físicas con actividad empresarial —excepto las que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas y silvícolas— tienen un [color=red:14fdeb403a]periodo límite [/color:14fdeb403a]para utilizar sus comprobantes. [color=red:14fdeb403a]Éstos pueden ser utilizados en un plazo máximo de dos años,[/color:14fdeb403a] [b:14fdeb403a][u:14fdeb403a][color=blue:14fdeb403a]contados a partir[/color:14fdeb403a][/u:14fdeb403a] de [color=red:14fdeb403a]su fecha de impresión[/color:14fdeb403a], si despues de este plazo no se han utilizado deben cancelarse; sin embargo, la numeración continuará siendo consecutiva, considerando incluso los comprobantes cancelados al término de su vigencia.
[color=red:14fdeb403a]La vigencia [/color:14fdeb403a]deberá señalarse expresamente en los comprobantes. Se podrá optar por considerar como fecha de impresión únicamente el mes y año —sin incluir el día—, en el entendido de que [color=red:14fdeb403a]el plazo de vigencia[/color:14fdeb403a] se calculará a[color=red:14fdeb403a] partir del primer día [/color:14fdeb403a]del mes en que se imprima el comprobante.
Y QUE ES LA VIGENCIA?
[color=red:14fdeb403a]vigencia[/color:14fdeb403a].
1. f. Cualidad de vigente.
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[color=red:14fdeb403a]vigente[/color:14fdeb403a].
(Del lat. vigens, -entis, part. act. de vigēre, tener vigor).
1. adj. Dicho de una ley, de una ordenanza, de un estilo o de una costumbre: Que está en [color=blue:14fdeb403a]vigor [/color:14fdeb403a]y [color=red:14fdeb403a]observancia[/color:14fdeb403a].
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[color=red:14fdeb403a]observancia[/color:14fdeb403a].
(Del lat. observantĭa).
1. f. [color=red:14fdeb403a]Cumplimiento exacto y puntual de lo que se manda ejecutar[/color:14fdeb403a], como una ley, un estatuto o una regla.
2. f. En algunas órdenes religiosas, estado antiguo de ellas, a distinción de la reforma.
3. f. Reverencia, honor, acatamiento a los mayores y a las personas superiores y constituidas en dignidad.
4. f. Der. En el antiguo derecho aragonés, práctica, uso o costumbre recogida y autorizada con fuerza de ley por compilación oficial.
regular ~.
1. f. observancia (‖ estado antiguo de una orden religiosa).
poner en ~ algo.
1. loc. verb. [color=red:14fdeb403a]Hacer ejecutar puntualmente y que se observe con todo rigor lo que se manda, impone y ordena[/color:14fdeb403a].
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[color=blue:14fdeb403a]vigor[/color:14fdeb403a].
(Del lat. vigor, -ōris).
1. m. Fuerza o actividad notable de las cosas animadas o inanimadas.
2. m. Viveza o eficacia de las acciones en la ejecución de las cosas.
3. m.[color=red:14fdeb403a] Fuerza de obligar en las leyes [/color:14fdeb403a]u ordenanzas.
4. m. Duración de las costumbres o estilos.
5. m. Entonación o expresión enérgica en las obras artísticas o literarias.
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'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA'
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