28/Mar/07 20:46
Tratamiento fiscal int moratorios
buenas tardes
estoy elaborando la conciliacion contable fiscal, y tengo unas dudillas:
¿Por que en el DEM, en el anexo F conciliacion contable fiscal, aparecen asi los siguiente conceptos?
1. Ingresos fiscales no contables: intereses moratorios efectivamente cobrados
2. Deducciones contables no fiscales: intereses devengados que exceden el valor de mercado [color=red:9723160c92]y moratorios pagados o no[/color:9723160c92][/b:9723160c92]
[b:9723160c92]3. Deducciones fiscales no contables: intereses moratorios efectivamente pagados
Al parecer se contradicen los puntos 2 y 3 ¿o que me faltaría apreciar?(digo aparte de mi porshe...pero de la casa de la abuela y la poltrona que esta amoldada jejeje)..
Gracias totales por sus opiniones.