31/Mar/07 8:05
Hola!
Esta va para los abogados! nada que ver con lo fiscal, pero les agradeceria mucho sus comentarios y criterios:
Se trata de una deuda de un prestamo con intereses en el que se firmo ante notario un reconocimiento de adeudo con garantia hipotecaria e inscrita en el registro publico de la propiedad en primer lugar.... ahora para no perder el bien inmueble, un abogado nos recomendo que se figurara que se le debia a un familiar, se levantara la demanda y se trabara el embargo con una deuda mayor para que al momento de rematar el bien inmueble se le quedara al familiar y asi no perder dicho bien o figurar una prescripcion positiva.
Ahora, se supone que el adeudo ya esta inscrito en el registro publico y en primer lugar, el abogado me dice que eso no quiere decir que ellos tengan el derecho de prelacion, que porque ellos tendrian que demandar y trabar el embargo. Pienso que el abogado no esta considerando esto, y la verdad lo que queremos es no perder el bien, y no nada mas ganar tiempo, porque la deuda sigue subiendo. Mi pregunta es con lo que nos recomendo el abogado es correcto, o al momento de rematar el bien estas personas se acrediten y exigan el derecho de prelacion y entonces cobrar la deuda y a lo mejor recuperemos algo de dinero... necesito si pueden orientar.. gracias!
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susanamm
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01/Abr/07 21:18
Re: CONSULTA DE ABOGADOS
DICEN X AHI PRIMERO EN TIEMPO PRIMERO EN DERECHO, LOS PRO-
CEDIMIENTOS DILATORIOS GANAN TIEMPO MIENTRAS Q GENERAS -
DINERO, PERO NO ES SOLUCION X EL INCREMENTO Q GENERAN LOS -
INTERESES.
LAS DEUDAS SOLAMENTE SE SOLUCIONAN PAGANDO.
TRATA DE RENEGOCIAR EL ADEUDO.
OJALA TE SIRVA DE ALGO LO ANTERIOR.......
SOLO DOS COSAS HAY SEGURAS EN LA VIDA EL MORIR Y EL PAGAR
I M P U E S T O S.............
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Walter Lipmann
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lwyzgtz
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02/Abr/07 11:08
HOLA, CONSIDERO QUE ES MUY DELICADO QUE SIGAS ESPERANDO INCLUSO A "CONTAR CON UNA ADECUADA ASESORIA" POR ESTE MEDIO............EL CASO COMO LO PLANTEAS ES DE "DINERO".......Y DUDO QUE CONSIGAS **LA ADECUADA** ASESORIA AQUI........Y NO POR FALTA DE CAPACIDAD DE LOS COMPAÑEROS ABOGADOS.........SINO PORQUE ESTE CASO MERECE QUE EL ABOGADO COBRE POR LO QUE SABE ......NO POR LO QUE HACE
ESPEREMOS ALGUIEN TE APOYE.......PERO, INSISTO, DEBES ACUDIR (SI TE IMPORTA RECUPERAR TU BIEN), CON UN ABOGADO EXPERTO
DE ENTRADA TE DIGO QUE SI HACES ESE "TRUCO" TE VAS A ANDAR METIENDO EN UN BRONCON......MAYORMENTE SI EL RPP YA HIZO LAS ANOTACIONES MARGINALES EN EL LIBRO DONDE APARECE EL BIEN CITADO......
AHORA BIEN , SI EL ABOGADO QUE TE ESTA ACONSEJANDO **TE FIRMA ** UN DOCUMENTO (DUDO QUE LO HAGA), DONDE ABSORVE LA RESPONSABLIDAD POR SU DICHO Y TE ASEGURA "EL GANE" DEL CASO............HAZLO Y PON EN PRACTICA SU TRUCO
SALUDOS Y MUCHA SUERTE
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lobozac
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03/Abr/07 17:13
Re: CONSULTA DE ABOGADOS
Es cierto el principio, primero en tiempo es primero en derecho, lo que aparentemente esta siendo el abogado es tratar de dilatar el procedimiento judicial del acreedor, pero inevitablemente puede llevar la conducta al fraude, toda vez que el inmueble esta en prenda y ya existe un derecho real.
Ahora bien, supongo que al señalar que no quieres perderlo significa entonces que ya se vencio el documento y el acreedor intentará o si no es que haya ejercido acción, por lo que las pretensiones del abogado las veo muy riesgosas, no has optado por asesorarte con algun otro o de plano hacer un convenio y pagar en parcialidades.
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SALUDOS
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jjfarias
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12/Abr/07 23:13
Re: CONSULTA DE ABOGADOS
Muchas Gracias!
Mi intencion no es tener una asesoria gratis! sino saber + o menos si es correcto lo que ya consulte con algunos abogados. Desafortunadamente cuando no sabes mucho de derecho, te pueden llevar al baile. Pero me sirvieron mucho sus comentarios y no andaba muy errada, siempre he pensado que cuando de deudas se trata hay que pagar, pero a veces cuando se vuelven inpagables, es bueno buscar opciones que te sirvan para salvar tus bienes, pero sin hacer tantas faramallas y de acuerdo a la ley.
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susanamm
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