Nos convertimos a Sofom, y como institución de credito tengo la obligación de retener ISR sobre los intereses pagados (saldo de la inversión).
Por lo anterior, estamos en proceso de hacer un estado de cuenta como comprobantes fiscal para el pago y cobro de intereses, pero mientras tanto para aquellos intereses que pago, mis filiales me dan un factura por los mismos.
El punto y pregunta es: El ISR retenido debe especificarse en la factura y que esta salga en el subtotal neto (intereses menos retención) o sólo me deben facturar los intereses sin especificar la retención.