10/Abr/07 12:08
Saldo a favor asalariado ¿?
Qué tal, buenos días.
Se me presento el siguiente caso;
Un nuevo cliente PF, el cual es asalariado, al realizarle el calculo anual y debido a que esta obligado por que rebasa los ingresos para ello (mas de 500mil de ingresos en 2006) le resulta saldo a favor, pero se me presentan los siguientes detalles:
1. Como el importe del saldo a favor no rebasa los $25,000, tengo entendido que no es obligatorio autentificar la anual (enviarla por el portal del SAT) con el uso de la FEA, por ello traté de tramitar por internet su CIEC, pero el sistema esta fuera de servicio para ese trámite, ¿eso significa que debere imprimir la declaración, presentarla en ventabilla bancaria, y posteriormente solicitar mediante el formato indicado la devolucion del saldo a favor? (digo por que me da flojera irle a tramitar la CIEC o la FEA, ó como dice Facundo ¿que lo hagan ellas? )
2. Tengo plena seguridad de que esta PF, desde hace varios ejercicios ha rebasado los ingresos por salarios, por lo que ha estado obligado a presentar por su cuenta la declaración anual (como no tenia deducciones personales en esos ejercicios quizas el ISR era a cargo o a favor pero cantidades mínimas) ¿qué podría pasar si ahora que le resulta saldo a favor inicia con el cumplimiento de la obligación y hace caso omiso a los ejercicios 2005,2004 y 2003?
3. En el caso de asalariados al manifestar en esta declaración anual su domicilio particular como domicilio fiscal ¿queda registrado asi por el SAT para cuestiones futuras, ó es recomendable ponerle un domicilio fiscal diferente? lo digo por aquello de las "pesquisas" :) ....
Gracias anticipadas por sus comentarios...les mando un saludo