EL ART 176 FRACC. I NOS HABLA DE LAS DEDUCCIONES DE HONO. MEDICOS, DENTALES Y HOSPITALARIOS PAGADOS POR EL CONTRIBUYENTE PARA SI, SU CONYUGE, HIJOS...
EN EL CASO DE QUE SU CONYUGE RECIBA SERV. MEDICOS EL RECIBO DE HONORARIOS DEBE SALIR A NOMBRE DE DICHO CONYUGE O DEL CONTRIBUYENTE?
GRACIAS POR SUS COMENTARIOS
"LO QUE LOGREMOS SER COMO CONTADORES; SERA RESULTADO DE LA MANERA EN QUE HAYAMOS DECIDIDO VIVIR NUESTRA PROFESION"
dija9 Sargento Primero Mensajes:
85 Ingresó:
Febrero 04, 2005 Ubicación:
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11/Abr/07 12:23
Re: DEDUCCIONES PERSONALES
El comprobante debe estar a nombre del contribuyente con todos sus datos, quien es la persona que va a deducir ese gasto y que tambien debe de pagar el servicio. Saludos.
NO TE QUEJES DE MUCHO TRABAJO, ACUERDATE QUE HAY PERSONAS QUE SE QUEJAN PORQUE NO LO TIENEN.
salvadorsolis Subteniente Mensajes:
161 Ingresó:
Junio 21, 2004 Ubicación:
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11/Abr/07 18:19
Re: DEDUCCIONES PERSONALES
Incluso hay quienes al expdir el comprobante,le agregan en el concepto el nombre de quien recibio la atencion o servicio medico.gracias
JALEMP Subteniente Mensajes:
155 Ingresó:
Mayo 18, 2004 Ubicación: