03/May/07 9:13
Re: AVISO OPCION DICTAMEN
El SAT publico el [u:6113941a75]24 de Abril [/u:6113941a75]las reglas aplicables para presentar el aviso de dictamen[/b:6113941a75], y la declaración del ejercicio de contribuyentes dictaminados y no se encuentra nada que te pueda ayudar. Como lo indica [b:6113941a75]mirnalcantu, la fecha ya paso para personas morales
1. Los contribuyentes personas morales que en los términos de lo establecido en el artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación, se encuentren obligados a dictaminar sus estados financieros por contador público autorizado, no necesitan indicar su obligatoriedad en la declaración del ejercicio en el recuadro “indique si esta obligado a dictaminar sus estados financieros” (formatos: 18 Personas morales, 20 Personas morales régimen simplificado y 21 Personas morales con fines no lucrativos).
Tampoco será necesario que en el applet bancario señalen que son contribuyentes que se van a dictaminar.
2. Los contribuyentes personas morales no obligados a hacer dictaminar sus estados financieros y que deseen ejercer la opción, deberán estar a lo siguiente:
*Personas morales (Con saldo a cargo en isr o ia)
Deberán manifestar su opción de dictaminar en la declaración del ejercicio, marcando “si” en el recuadro “indique si opta por dictaminar sus estados financieros” (formatos: 18 Personas morales y 20 Personas morales régimen simplificado), sin que sea necesario que en el applet bancario señalen que son contribuyentes que se van a dictaminar.
* Personas morales (Sin cantidad a cargo ni saldo a favor, o con saldo a favor en isr o ia)
Ejercerán su opción de dictaminar en la declaración del ejercicio, marcando “si” en el recuadro “indique si opta por dictaminar sus estados financieros” (formatos: 18 Personas morales y 20 Personas morales régimen simplificado).
3. Los contribuyentes personas físicas con actividades empresariales que en los términos de lo establecido en el artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación, se encuentren obligados a dictaminar sus estados financieros por contador público autorizado, con saldo a cargo en isr o ia, no será necesario que en el applet bancario señalen que son contribuyentes que se van a dictaminar.
4. Los contribuyentes personas físicas con actividades empresariales no obligados a hacer dictaminar sus estados financieros y que deseen ejercer la opción, conforme a la regla 2.10.22. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006, deberán presentar escrito libre ante la Administración Local de Asistencia al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, durante el mes de abril de 2007.
Alejandro Gamborino