NO SIGUE SIENDO LA MISMA EN CUANTO A SU CONTENIDO, MAS SIN EMBARGO PARA EL 2007 SIMPLEMENTE TUVO UNAS ADECUACIONES ANTE SU PRESENTACION A LAS AUTORIDADES, PERO SOLO CAMBIOS DE FORMA NO DE FONDO.
[quote:3220fa97d1="dcastroricoh"]NO SIGUE SIENDO LA MISMA EN CUANTO A SU CONTENIDO, MAS SIN EMBARGO PARA EL 2007 SIMPLEMENTE TUVO UNAS ADECUACIONES ANTE SU PRESENTACION A LAS AUTORIDADES, PERO SOLO CAMBIOS DE FORMA NO DE FONDO.[/quote:3220fa97d1]
gracias
Los contribuyentes que dictaminen sus estados financieros para efectos fiscales, por los saldos a favor mensuales correspondientes al ejercicio fiscal de 2006 y posteriores, podrán presentar solicitud de devolución acompañada de la
R. 2.2.3 RMF
declaratoria formulada por CPR, cuando dicho contador hubiera emitido o vaya a emitir dictamen referido al periodo que corresponda el saldo a favor y siempre y cuando en la declaratoria manifieste bajo protesta de decir verdad la veracidad de las operaciones de las cuales derivan el IVA causado y el IVA acreditable. En estos casos, quedan relevados de presentar la información en medios magnéticos