01/Jun/07 12:56
Re: Deducciones en Sociedad en Nombre Colectivo
52aeddf94f">Hola
En esta participacion expongo mis ideas, conclusiones o apuntes con letras verdes.
Las letras negras hacen referencia a comentarios de algun forista o varios de ellos. Me causa nauceas el "señalar personas por errores". Me parece que de aqui en adelante tomare este procedimiento.... (se dice el pecado... no el pecador)
He intentado aplicar ese procedimiento pero a veces no me resultado muy reconfortante, por eso el cambio de mi postura a partir de esta participacion. Aun y cuando casi no digo el pecador, en ocasiones se me ha escapado.
Ademas me parece mas etico, no busco señalar "errores de personas", si no exponer cometarios de otros foristas y confrontarlos con los mios. Ejemplo muy emotivo plausible de algun forista de Torreon.
Con esto busco fomentar mas la participacion, muy pasiva o poco participativa. Me parece que algunos foristas son un poco "egoistas" dejandose conclusiones personales sin ser externadas, tal vez por el miedo a ser señalados.
Aqui nadie se equivoca, se opina. Si apenas son habladas.... no hay hechos... en mi opinion el pecado debe materializarse, no solamente pensarse, pero tambien esto podria ser discutible.
Pero de no ser asi, entonces somos culpables por malos pensamientos que todavia no se hacen realidad, y que crueldad debemos llegar a purgatorio por pecamisos y [u:52aeddf94f]por no hacer algo todavia[/u:52aeddf94f].
JESUS ES VERBO NO SUSTANTIVO VERBO = ACCION O HECHO.
Las leyes humanas buscan estos mismos principios de la materialidad y no por tacos de lengua.... ¡¡¡¡a pero que sabrosos son!!!.... y el chisme tambien, verdad???. A todos nos encanta, por eso hay tanto periodico amarillista y con nota roja, ademas de programas muy constructivos y educativos en nuestro humilde pais. ¿Quien no ha visto COMO EN LAS MEJORES FAMILIA, BIG BROTHER, OTRO ROLLO, LAS NOTICIAS DE FABULOSOS PERIODICOS CON NOTICAS MUY ABASALLADORAS DE MALES? y al dia siguiente estamos de nuevo.
Considero que ninguno de dos tipos de comentarios (letras negras o verdes) pudiesen ser concluyentes de la verdad, si no solo servirian para fines observancia general y de ayuda a la reflexion del tema o topico en cuestión, de todos nosotros los foristas
Si agregase el nombre o nickname de algun de forista, sera para realizarle una recomendacion, algun alago o felicitacion o algun comentario afin. Y espero poder contenerme para hacer llegar malos comentarios e impropios (8)[/color:52aeddf94f]
El socio industrial de ninguna manera puede llegar a ser trabajador, los servicios que presta son para adquirir y conservar su calidad de socio industrial de dicha sociedad, es decir [color=green:52aeddf94f](1)[/color:52aeddf94f] [u:52aeddf94f]aporta su trabajo para ser socio, ademas de que nunca existirá una subordinación con la sociedad[/u:52aeddf94f], sobre este tema ya hay inlcuso jurisprudencia.
[color=green:52aeddf94f](1) Si no es simulacion perfecto, INOBJETABLE.... ¿Pero en realidad habria una sociedad donde se fundamente (en la constitutiva) para algun fin que no sea el preponderante el pago de partidas sociales de alimentacion, es decir se presentarian "hechos" que hay otro tipo de actividad mas importante que el pago de alimentacion?[/color:52aeddf94f]
[u:52aeddf94f] [color=green:52aeddf94f](1a) [/color:52aeddf94f]Los "alimentos" que se le pagan al socio, no pueden ser considerados como prevision social ni como salario bajo ninguna circunstancia[/u:52aeddf94f], por lo expuesto en el parrafo anterior, [u:52aeddf94f] [color=green:52aeddf94f](2)[/color:52aeddf94f]por lo que tampoco debe estar limitada en los términos en los que esta limitada la previsión social. Pero si debe guardar relación con la necesidad de cada socio industrial[/u:52aeddf94f], que es un término subjetivo, pues cada persona tiene necesidades diferentes, por ello, debe dejarse perfectamente claro en que consisten los alimentos y guardar relación con el nivel de vida del socio industrial.
[color=green:52aeddf94f]
(1a) Tambien de acuerdo, si la simulacion no esta presente
(2) Tambien de acuerdo, si la simulacion no esta presente, en caso contrario la autoridad pudiera considerar equiparamiento de salarios por patron sustituto, a causa de una simulacion..... ya no procederia estos dos puntos Este equiparamiento seria que una empresa desvia sus obligaciones laborales para la SNC, entonces habria RESPONSABILIDAD SOLIDARIA, POR AMBAS SOCIEDADES[/color:52aeddf94f]
La mayoria de las personas fundamentan [u:52aeddf94f] [color=green:52aeddf94f](3)[/color:52aeddf94f] el concepto de alimento en el articulo 308 del Código Civil Federal[/u:52aeddf94f], sin embargo, esto puede ser motivo de controversia en contra del contribuyente, debido a que ese artículo se refiere a alimentos entre los padres con los hijos, los conyuges y las personas que viven en concubinato, es decir, pensiones alimenticias, por lo que resulta cuestionable su aplicación al ambito mercantil.
[color=green:52aeddf94f](3) Inobjetable tambien. Contra las leyes bien fundamentadas y materializadas, no hay carrera de caballito[/color:52aeddf94f]
(4) [u:52aeddf94f]En cuanto a la deducibilidad del pago de alimento cuando se considera gasto al tener perdida o utilidades menores a lo que se pago por alimentos, resulta que si es indispensable sin ninguna duda, pues de no pagar esos alimentos no se alcanzarian el objeto social de la empresa, cualquiera que fuere[/u:52aeddf94f].
[color=green:52aeddf94f](4) Que tiene que ver las necesidades de los socios industriales, con el de la empresa SNC, en este punto me parece que se cae el mazo de naipes, encumbrados en una torre. Sin contar todavia la necesidad de tenerse que comprobar esos alimentos. Si se fundamenta la indispensabilidad en SNC perfecto, pero que tiene que ver el pago de una casa de un socio industrial con el objeto de la SNC, que otorga partidas sociales a los socios industriales es aceptable, ¿Que cantidades serian congruentes y comprobables al a vez? este seria el secreto[/color:52aeddf94f]
Por lo que se refiere al comprobante, [color=green:52aeddf94f](5)[/color:52aeddf94f] [u:52aeddf94f]el socio industrial no tiene obligación de expedir comprobantes fiscales[/u:52aeddf94f], pues se trata de [color=green:52aeddf94f](6)[/color:52aeddf94f] [u:52aeddf94f]un ingreso exento y no tiene obligación de declararlo[/u:52aeddf94f], informarlo si, pero entre esos dos conceptos hay una gran diferencia. Ahora bien, si se quiere un comprobante para respaldar la decucción no dejemos de lado [u:52aeddf94f][color=green:52aeddf94f](7)[/color:52aeddf94f] la regla 2.4.5 en su fracción III, por lo que los montos siempre deben quedar definidos e incluidos dentro del acta consitutiva o bien en una modificación a la misma[/u:52aeddf94f].
[color=green:52aeddf94f](5) Muy bien... de acuerdo... tampoco los empleados o trabajadores en una empresa entregan un comprobante, pero si firma un comprobante de nominas, pero no es problema, se hace
(6) Si seria un ingreso exento..... TODO LOS INGRESOS SE DECLARAN EXCEPTO AQUELLOS QUE LA LEY NO CONSIDERA INGRESOS, HASTA LOS INGRESOS EXENTOS SE DECLARAN.
Si un trabajador desea realizar su declaracion anual DECLARA INGRESOS EXENTOS, ASI QUE SI TIENE QUE DECLARAR ESTE TIPO DE INGRESOS.
Por otra parte si el trabajador no desea declarar....EL QUE DECLARA ES EL PATRON, y tambien declara esos INGRESOS EXENTOS.
Hasta por los servicios independientes y arrendamientos, fletes, y otras partidas se declaran en informativas, ¿por que no debe hacerse este tipo de erogaciones y/o ingresos?.... ¿alguien podria fundamentarlo?.... por a mi tampoco me cuadra esto... soy muy torpe.... mmmm y eso me molesta y no puedo dormir.
Lo bueno es que al SAT tampoco duerme y tambien es muy torpe.... al igual que los CONGRESISTAS, hacen leyes muy pero muy mal.... que hoyo negro dejaron.... por fas la fundamentacion, nada de tacos de lengua....
Por favor fundamente en donde se mencion que no se DECLARAN LOS INGRESOS EXENTOS El art 175, LISR indica que no se pagara impuesto por los ingresos exentos, mas no indica que no se declaran, a menos que se refieran a otra fundamentacion, espero la proponga, para refutar mi criterio y calmar mi sed de conocimiento.
( 7 ) Una regla no es ley de peso, no ha sido votada ni aprobada por el H. Congreso de la Union, se me hace que nos estariamos agarrando con las uñas ante un posible caida a un precipicio, ¿no podriamos tomar otra mejor disposicion?
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No es que defienda esta "estrategia fiscal", pero creo que hay que analizarla para tener los fundamentos para elegir si la aplican o no, o en su caso, como el compañero CPTUFINO, defender a nuestros clientes. Mi conclusión sobre este tema es que [color=green:52aeddf94f]( 8 )[/color:52aeddf94f] [u:52aeddf94f]si representa un buen ahorro de impuesto cuando esta bien estructurada, fundamentada y sobre todo con una razón de negocio[/u:52aeddf94f], pero lo que jamás se podrá quitar es que representa una contingencia legal, por lo que deberán considerar siempre el monto de gastos legales que represente un amparo para defenderse, pues como bien apuntaban este tipo de sociedades esta en la mira del SAT, y creo que aunque el criterio no vinculativo se refiere unicamente a salarios, desafortunadamente incluye a los socios por lo que no estarás exento de defenderte sobre este criterio del SAT.[/b]
[color=green:52aeddf94f]( 8 ) Si no es simulacion, la alimentacion es comprobada, no se desvian los trabajadores de una empresa, para simular socios industriales, y SNC declara esas erogaciones de alimentacion de sus socios industriales, considero que podria ser un ahorro.
El concepto de alimentacion debe ser congruente con el giro de la SNC, como de igual manera lo son las prestaciones laborales en una SA, no me resulta posible hacer pagos o prestaciones de ingresos exentos con fines preponderantes
Y con respecto a que los GURUS que absorben la responsabilidad fiscal, ¿A cual?, si ellos ofrecen "servicios administrativos", la empresa paga por esos servicios, eso serian "perfectamente deducibles", pero ¿que pasa con las terminaciones de otro lado de la punta? CON LOS SUCIOS perdon SOCIOS INDUSTRIALES, NO DECLARAN INGRESOS, DISCREPANCIA FISCAL, OCULTAMIENTO DE INFORMACION PARA SHCP Y EL SAT, DEFRAUDACION FISCAL Y cuales de estos males ¿quien los parara?.... ¿los GURUS?, pero ¿porque ellos?.... si su responsabilidad seria con la SA....
La relaciones laborales.... ¿podrian y querran parar tambien estas situaciones?, pues que magos resultaron, mejores que David Coperfield. Haber ¿como haran su show de desaparicion?, a la hora de aparecezcan en los barrotes algunos de los "sucios industriales".
Me imagino que sera muy emotivo y gratificante.
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Saludos