CONSIDERO QUE ESO SE CONCATENA A LA ACUMALACION DEL INGRESO Y A LA DEDUCCION EN EL MOMENTO QUE SEA COBRADO Y/O PAGADO, ES DECIR EN LA FECHA EN QUE TE HAYAN ENTREGADO EL COMPROBANTE RESPECTIVO Y HAZA SIDO EFECTUADA LA OPERACION DE TAL DOCUMENTO.
SALUDOS
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so yoy quien soy y no me parezco a nadie
Hola, la LIVA en su Art. 5° F IV menciona: Que tratándose del impuesto al valor agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se entere en los términos y plazos establecidos en la misma, con excepción de lo previsto en la fracción IV de dicho artículo. El impuesto retenido y enterado, podrá ser acreditado en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el entero de la retención...
El hombre, es el único animal que ensucia el agua que bebe, corta el árbol que le da sombra y mata sin tener hambre.