12/Jun/07 11:48
Re: Deduccion de un coche en Mensualidades
Hola tpalacio :
Todo se puede deducir, si se cuenta con la documentacion comprobatoria requerida.
La forma de proceder a las deducciones es la cuestion.
El valor del automovil se podria deducir bajo el mecanismo de depreciacion fiscal y no por la adquision de automoviles. Segun 31 LISR
Hay que ver las disposiciones al respecto para realizarse este tipo de deducciones, consideradas como activos fijos por la legislacion fiscal.
Con respecto al IVA si lo anterior seria deducible, entonces tambien acreditable en la misma proporcion, en el momento de los pagos realizados efectivamente.
Con relacion a los intereses seria deducibles al momento del pago
Finalmente si el automovil no sobrepasa los $ 175,000 podrian ser deducibles al 100% incluyendo sus intereses.... la diferencia esta en que momento y el procedimiento de deduccion.
La inversion se deprecia haciendose deducible a 4 años es decir 25% cada año de manera proporcional por meses completos en cada mes.
Los intereses conforme se vayan pagando los intereses, seria de descontar el valor total (PRECIO DE LISTA O CONTRATO) sin IVA menos el precio de contado (VALOR EN QUE LO ADQUIRIA SI FUESE AL CHACHAS.... al estilo de los millonetas) sin IVA del automovil, esto seria el interes y en la proporcionalidad de los pagos, se deducerian intereses y el acreditamiento del iva correspondiente.
Casi por lo general los vendores indican que las ventas son SIN INTERESES, lo cual no es cierto, solo es una verdad escondida...
EL DINERO TIENE COSTO POR EL TIEMPO, y a eso se le llama INTERES. Es decir es el costo por financiamiento.
Asi que a ti te estaria financiando y muy posiblemente tenga un costo.
Mañosamente y por que asi, se lo permite el comprador, acepta un "PRECIO DE LISTA", que difiere del "PRECIO DE CONTADO" en la diferencia esta el GANEO, los intereses.
Si no, no entiendo para que vender... si no gano nada.... ¿NO LO CREES?. Pero a todo cliente nos gusta que nos doren las pildoras.
Pero posiblemente ambos PRECIOS SEA EQUIPARABLES y tengas la fortuna de que asi sea, y entonces no habria INTERESES, mediante la diferencia de esos valores o precios. Si fuese asi.... no habria intereses que deducir. Me parece que te contradices en tu cuestionamiento.
Las fundamentaciones legales te invito a pasear por los demas topicos, y seguramente llegaras a conclusiones muy gratificantes.
Es uno de los temas mas preguntados por los foristas.
Saludos