18/Jul/07 10:46
Re: IVA sobre intereses
Si es contrato de arrendamiento financiero Credito hacia una persona moral sus intereses la tasa seria 0%
Pero si ese contrato de arrendamiento es para una persona fisica la tasa correspondiente seria 15% segun la fundamentacion abajo señalada:
[color=red:a496532de9]Artículo 15 LIVA.- [/color:a496532de9][color=green:a496532de9]No se pagará el impuesto por la prestación de los siguientes servicios[/color:a496532de9]:
c) [color=green:a496532de9]Reciban[/color:a496532de9] las instituciones de fianzas, las de seguros y las sociedades mutualistas de
seguros, [color=green:a496532de9]en operaciones de financiamiento, excepto tratándose de créditos otorgados a
personas físicas que no gozarían de la exención prevista en el inciso anterior.[/color:a496532de9]
En ocasiones los contratos bienen clausulas no aplicables pues dependiendo de la persona que los sucriba se aplicarian o no, como sucede muy comunmente en los Bancos y eso provoca mayor confusion, y en ocasiones hasta los empleados no saben que se este tipo de situaciones y de dejan en las mismas.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?