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24/Ago/07 11:27
INFORMATIVA

Buenos días, que opinan de los siguiente :

Me llego una cliente PM, la cual no a presentado la DIOT de enero a junio. Su RFC empieza con la letra C, asi que su periodo para presentarla en la FORMA SIMLIFICADA era del 1al 10 de Agosto.

¿ Si la presento en la DIOT simplificada, de acuerdo al siguiente parrafo sea sujeto de multa ?

De $7,918.00 a $15,835.00 pesos por no presentar las declaraciones en los medios electrónicos estando obligado a ello, [color=red:a6b4bd9aa0]presentarlas fuera de plazo[/color:a6b4bd9aa0] o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos señalados en los mismos.

Fundamento Legal: Artículo 81 y 82, fracciones XVI y XXVI del CFF.

Agradesco sus comentarios.
 
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Begesgar
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24/Ago/07 11:38

CHECA ESTO:

http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Forums&file=viewtopic&t=28611
 
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IsraelMolasNarvaez
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24/Ago/07 11:42
Re: INFORMATIVA

La obligacion es cumplir.... sin importar el plazo limite

Asi que recomiendo cumplir lo mejor posible dentro de las posibilidades que se encuentre
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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24/Ago/07 11:50
Re: INFORMATIVA

Gracias por sus comentarios.
 
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Begesgar
Sargento Segundo

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