12/Sep/07 13:39
Re: Retencion de iva
Hola bahiat:
Veo que katemako te dio la asesoria adecuada de que esos $ 25 seria tu saldo a favor que se debiera de declarar en el portal bancario
Pero te aconsejaria seguir las siguientes precisiones a tu juicio:
1.- Cuando un recibo de honorarios o ingreso es cobrado se genera un impuesto, para el caso del IVA.... Denominalo IVA causado y "no IVA a pagar o por pagar". El IVA a pagar que solo sea el correspondiente a pagarse en el portal bancario.
Aunque todo el IVA causado se paga, pero en diferentes instancias, mediante el pago de erogaciones autorizadas, retenciones, importaciones y en el banco. Que esta ultima instancia sea el IVA a pagar.... Asi no habría menos confusiones
2.- Cuando se señale el IVA en un documento... Llamalo IVA trasladado... todavia no es "causado" hasta que se cobre. Asi que no es lo mismo IVA trasladado que IVA causado.... si la cobranza no coincide con lo facturado, jamas llegaria a ser el mismo importe
3.- Realizar la contabilidad con estas cuentas
Para la facturacion:
(1) Acreedores diversos - IVA trasladado
(2) Impuestos por pagar - IVA por pagar -IVA causado
Para la comprobaciones:
(3) Deudores diversos - IVA acreditable por pagar
(4) Impuestos por recuperar - IVA acreditable pagado
(5) Impuestos por recuperar - IVA a favor
(1) Este saldo representaria el IVA pendiente de cobrarse a los clientes
(2) Esta cuenta contralaria tres o mas subcuentas, El IVA causado, IVA acreditado, IVA de importaciones, IVA pagado a la Tesoreria de la Federacion
(3) Representaria el IVA de las comprobaciones pendientes de cubrir
(4) Es una simple cuenta puente que cada mes se saldaria y se enviaria a la subsubcuenta de IVA por pagar (IVA acreditable pagado)
(5) Representaria tu saldo a favor en ese mes.... al mes siguiente o cuando proceda su recuperacion se abonaria la parte correspondiente
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?