09/Nov/07 9:02
Re: JURISPRUDENCIA EN LA DEVOLUCION DE IVA EN TERRENOS
EL IVA QUE TE TRASLADEN, SI NO LO PUEDES ACREDITAR, ENTONCES ESE IVA LO LLEVAS A DEDUCCION.
SIEMPRE Y CUANDO COMO TU COMENTAS CAIGAS DENTRO DE LOS SIGUIENTES SUPUESTOS.
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LIVA Art. 9o. Enajenaciones de bienes exentos del impuesto [/color:f1e060984c]Exenciones tratándose de enajenación [1]
No se pagará el impuesto en la enajenación de los siguientes bienes:
Suelo
El suelo. [/b:f1e060984c]
Casa habitación
[b:f1e060984c]Construcciones adheridas al suelo, destinadas o utilizadas para casa habitación.[/b:f1e060984c] Cuando sólo parte de las construcciones se utilicen o destinen a casa habitación, no se pagará el impuesto por dicha parte. Los hoteles no quedan comprendidos en esta fracción.
[color=blue:f1e060984c][b:f1e060984c]RLIVA Art. 28. Concepto de casa habitación [/color:f1e060984c]
Para los efectos del artículo 9o., fracción II de la Ley, se considera que también son casas habitación los asilos y orfanatorios.
Tratándose de construcciones nuevas, se atenderá al destino para el cual se construyó, considerando las especificaciones del inmueble y las licencias o permisos de construcción.
LIETU. CAPITULO II DEDUCCIONES
ART. 5
II. Las contribuciones a cargo del contribuyente pagadas en México, con excepción de los impuestos empresarial a tasa única, sobre la renta, y a los depósitos en efectivo, de las aportaciones de seguridad social y de aquéllas que conforme a las disposiciones legales deban trasladarse.
[color=blue:f1e060984c]Igualmente son deducibles el impuesto al valor agregado o el impuesto especial sobre producción y servicios, cuando el contribuyente no tenga derecho a acreditar los mencionados impuestos que le hubieran sido trasladados o que hubiese pagado con motivo de la importación de bienes o servicios, que correspondan a erogaciones deducibles en los términos de esta Ley,[/color:f1e060984c] así como las contribuciones a cargo de terceros pagadas en México cuando formen parte de la contraprestación, excepto tratándose del impuesto sobre la renta retenido o de las aportaciones de seguridad social.
SALUDOS.