09/Nov/07 10:23
Re: declaracion de iva
Hola:
Despues del regaño bien ganado, paso a contestar.
Las declaraciones complementarias deben realizarse sustituyendo los datos originales por los que corresponda efectivamente ser los correctos, no por partes, como sugieres.
De ser como se indica, seria muy dificil estar sumando cantidades y como se le haria cuando proceda que las declaraciones ya presentadas sobrepasaron el valor a declarar, no se pueden declarar cantidades negativas.
Como procederia a dejar de informar algo que no debia procederse informar. Por deduccion logica debe realizarse solamente sustituyendose por los valores efectivamente que deban informarse.
En el caso de ciertas correcciones es procedente solamente indicar los errores cometidos y cambiarlos por los que procederian, como errores en el RFC, periodo, impuesto, que se realizarían en la pagina del SAT. A lo que seria una declaracion por correccion, mas sin embargo conservaria el estatus de normal o numero de complementaria por el cual procederia corregirse.
Por lo que respecta a otro tipos de errores, sugiero aplicar siempre de corregir toda la declaracion completa adjuntandose los valores y datos completos y definitivos.
En tu caso el saldo a favor fue erroneamente informado, pues debe manifestarse el saldo a favor genuino, para proceder luego a recuperar ese monto a favor, segun como juzgue conveniente el contribuyente
Espero haya sido de utilidad mis comentarios
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?