26/Dic/07 18:36
Re: IETU *PREVISION SOCIAL*
Buenos días.
Yo pago VALES DE DESPENSA, y premios por puntualidad.
Con respecto a la despensa veo que no hay mucho que hacer para hacerla deducible para IETU, ya que la están tomando como exenta para IETU , aunque se pague en efectivo ? es esto cierto ?
[color=green:25254c3dc7]Pienso que debe pagarse o retenerse el ISR correspondiente a esa despensa pagada en efectivo, sin aplicar la limitacion de prevision social para ISR. Asi se deducería para ISR al 100%. Mientras para IETU se acreditaria al 100% como credito fiscal, si no se cuenta con excesos de salidas sobre ingresos. De tenerse esos excesos, pues podrian anular esos posibles créditos fiscales. Para el IMSS se mantendría la limitante del 40% SMG DF por día como exento.[/color:25254c3dc7]
Si es así, entonces voy a dejar mis prestaciones tal y como están, ya que el seguro social es caro si pretendo gravar lo que actualmente pago de despensa, pagándolo como otra prestación, prefiero que no sea deducible para IETU que subir el IMSS. Hasta la fecha no he encontrado alguna manera de que sea gravada para IETU y exenta para IMSS, aparte si lo gravo les pego una patada a los trabajadores.
[color=green:25254c3dc7]Los premios de puntualidad seria gravables para ISR, no se marcan exenciones la LISR, pues serian seria de igual manera el tratamiento que un bono de despensa pagado en dinero. Para ISR se deduce, habiendo la retencion de ISR correspondiente, para IETU se consideraria como un credito fiscal, que tal vez pueda ser aprovechado al 100%, y por ultimo para el IMSS no habria integracion para SBC pues seria una partida no integrable, con la limitacion que correspondería.[/color:25254c3dc7]
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?