Se presento la siguiente situacion, un contador publico le prestaba servicios de contabilidad, declaraciones a varios, resulta que este señor fallece, y su hijo empieza a devolver los papeles de los que trabajaron con el,coo aviso y no todos fueron a buscar sus papeles dio un plazo para que apartir del 1 de enero del presente quemaria los papeles de las personas que no pasaran por ella.
Este hijo del contador lo hizo y quemo los papeles como de 20 personas ya que no queria tener mas tiempo esta documentacion.
Me gustaria saber que es lo que se debe de hacer en este caso. como deben de proceder las personas afectadas.
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15/Ene/08 17:08
levantamiento de acta ante la agencia del m.p. correspondiente, declarando lo conducente y si el m.p. considera necesario, llamara a declarar al "hijo", ahora bien, se supone que "esos papeles" ya estan declarados.....sino fuera asi, tendrian que buscar estrategia para poder obtener los minimos enlaces y poder declarar
es mi opinion
saludos
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15/Ene/08 21:03
DE NADA ISRAEL IDEM DESDE ZACATECAS
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