11/Abr/08 10:12
Por experiencia las devoluciones son mas gorrosas que las compensaciones.
Tambien una compensacion procederia
El tramite no variaria mucho, excepto que tradicionalmente los devoluciones las fiscalizan mucho mas
Ahora con el DIOT sacar la informacion ya no debe ser tan dificil.
Algo practico que quizas no sea muy "derecho", si el monto de iva acreditable no fuese significativo (mayor del 5% del IVA acreditable pagado en el mes que se omite y del que podria incluirse en el mes siguiente) para no cambiar la declaracion
Se estaria realizando una compensacion no muy apegada a las leyes fiscales, con los mismos efectos. No es recomendable por montos de IVA acreditable omitidos de consideracion, que daban ser detallados en un RFC en el DIOT
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?