19/Jun/08 12:42
BUEN DIA, SI ALGUIEN ME PUDIERA DAR SU OPINION, SE LO AGRADECERE MUCHO.
TENGO UN NUEVO CLIENTE QUE LE TRABAJA A UNA EMPRESA EN U.S.A, PERO EL SERVICIO LO PRESTA EN MEXICO, LA EMPRESA LE PAGA SUS SERVICIOS COMO CONSULTOR SIN NINGUNA RETENCION.
DEBE ACUMULAR ESTOR INGRESOS PARA ISR Y PARA IETU ?
ES SUJETO DE IVA POR ESTE TIPO DE INGRESOS ?
GRACIAS AGRADEZCO SUS COMENTARIOS
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mabecop
Sargento Segundo
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19/Jun/08 14:11
El Art. 1 LISR, así como el Art. 1 LIETU. Ambos pueden precisarte tus cuestionamientos.
Esperamos tus comentarios...
Ah para IVA, adivina...
Si el Art. 1 LIVA. También, ¡qué casualidad!
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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19/Jun/08 15:54
Re: PAGOS DEL EXTRANJERO
Claro que grava, isr, ietu y iva
Saludos
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cermar
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20/Jun/08 9:41
Estoy de acuerdo con los comentarios de los compañeros que me anteceden.
Solo agregaria, PARA IVA.
El ingreso lo obtiene de fuente del extranjero.
(factura al cliente extranjero, y le paga desde el extranjero)
Causa la tasa 0% (EXPORTACIONES).
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
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vabdo
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20/Jun/08 12:13
Re: PAGOS DEL EXTRANJERO
1.- La persona preguntó: que si era SUJETO al pago de impuestos. Por lo pronto en esos artículos mencionados, se indicaría si sería sujeto o no.
2.- De serlo, no quiere decir que deba cubrir algún impuesto todavía. Pues, la gravación por los impuestos podrían ser aplicable a una tasa 0% o gravados al NO PAGO (exentos)
Pero, para pasar al punto 2, primero hay que hacer el punto 1.
PD
Para correr, mínimo debe haberse aprendido a caminar.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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