08/Jul/08 17:32
Re: IDE EN PAGOS A PEMEX
pues un convenio asi que digamos formal...no lo he visto, pero si existe una regla miscelanea al respecto:
[code:1:d8766683ac]Deducción de los pagos de gasolina o diesel realizados por distribuidor autorizado o estaciones de servicio a PEMEX
I.3.4.3. Para los efectos del artículo 31, fracción III, primer párrafo de la Ley del ISR, se entenderá que los pagos realizados por los distribuidores autorizados o las estaciones de servicio a PEMEX Refinación, reúnen los requisitos establecidos en dicho párrafo, aun cuando su monto exceda $2,000.00, siempre que correspondan a la adquisición de gasolina o diesel, así como se depositen en la cuenta o las cuentas que señale para tal efecto PEMEX y estén amparados con documentación que reúna los requisitos que señalan las disposiciones fiscales.
LISR 31, (RMF 2007 3.4.42.)[/code:1:d8766683ac]
**ES MI MAS HUMILDE OPINION**
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L.C. RUIZ
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