04/Nov/08 02:37
Re: PENALIZACION X INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO CAUSA IVA
buenos dias,
me gustaria comentar que al respecto deberemos observar que si bien es cierto existen en la ley del iva conceptos genericos, debeos tener muy en cuenta los costos y la viavilidad de los asuntos, pues si bien es cierto la pregunta es general al no comentar de donde se deriva la pena convencional no menos importante resulta que deberemos observar los ultimos dos renglores de la ley del ia, especificamente de los articulos 12, 18 y 23, en los cuales refiere que forman parte de la base las penas convencionales.
ahora qeu si el contrato de donde se deriva la pena fue por arrendamiento o ejecucion de obra o por servicios, deberemos centrarnos en el articulo aplicable al caso especifico
en conclusion segun el criterio de un servidor si le es aplicable a la pena convencional la repercusion del iva, maxime que el origen de los actos convenidos en el contrato presumo son actos gravados por la ley del iva.
espero sirvan de algo mis comentarios. saludos.
reafirmo los articulos en comento son genericos y pretenden tomar todo lo que no se especifico previamente como base del tributo, el punto aqui es valorar si es conveniente entrar en litis en el futuro por el monto de que se trate o apegarnos a la ley de forma conservadora.
es cuestion de valorar costo beneficio.
por el imperio de la justicia.
debemos obligatoriamente hacer que la autoridad cumpla hasta los extremos las disposiciones legales aplicables.