Pagamos unos gastos en la embajada de Peru, pero no nos quisieron dar un soporte del pago, sólo copia del depósito, porque dijeron que no estaban obligados.
Es muy raro cuando menos deben expedir comprobantes de derechos o algun documento por el cobro de algo, que ¿despues no puede haber reclamaciones?
Con esos comprobantes aplicaria la deduccion, sin ellos pues ¿cómo puede argumentarse que se pago 'X' gasto?
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
Me contesta un especialista del SAT que será un gasto no deducible porque los consulados no estan obligados a darme un comprobante con requisitos fiscales por no tener RFC que los obligue fiscalmente