28/Nov/08 19:32
Re: RETENCION DE IVA EN ZONA FRONTERISA
Concuerdo con el comentario de Chavalon en el sentido de que sí procede la retencion al 6.666% ya que segun la información que proporciona el autor del tópico el profesionista sí es residente en la región fornteriza y sí presta el servicio en la citada región por lo que aunque quien reciba el servicio no es redidente eso no es impedimento para que proceda la retención en el porcentaje mencionado.
Es tan vana la esperanza de que se llegará sin trabajo y sin molestia a la posesión del saber y la experiencia, cuya unión produce la sabiduría, como contar con una cosecha donde no se ha sembrado ningún grano.