Buenos dias, me surge la duda si los socios de SC que perciben unicamente Ingresos Asimilables a Salarios estan obligados al pago de IETU o estan exentos por el hecho de ser como meciono 'Asimilable a Salarios'.
manuelniebla Cabo Mensajes:
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30/Dic/08 12:12
Re: IETU Socios de SC
en efecto no son objeto de IETU los asimilables, y para la SC serán sólo deducción como crédito por salarios, es decir sólo el 16.5% del total de lo que pagues como asimilables.
garcyasocp Capitán Segundo Mensajes:
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07/Ene/09 19:54
Re: IETU Socios de SC
perdón por la pregunta pero cual es el fundamento?
tax_ista@yahoo.com.mx
Tax-ista Sargento Primero Mensajes:
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07/Ene/09 21:52
Re: IETU Socios de SC
Buenos dias, me surge la duda si los socios de SC que perciben unicamente Ingresos Asimilables a Salarios estan obligados al pago de IETU o estan exentos por el hecho de ser como meciono 'Asimilable a Salarios'.
Ni son gravados, ni estan exentos.
El Art 1 LIETU no los contempla como actividades gravables. Por lo tanto, MENOS se mostrarían en el Art 4 LIETU como partidas exentas.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
enrique9727 General de División Mensajes:
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