24/Ene/09 07:19
Colegas, buenos dias espero me puedan ayudar con este caso.
Compre una casa usada a credito, con el fin de acondicionarla para mi oficina, mi pregunta es si la podre contemplar para efectos de ISR como un inversion y para IETU como un gasto ?
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OSCAR_ITO
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24/Ene/09 12:18
Re: CASA OFICINA
DE LA LECTURA DE LOS DIVERSOS ORDENAMIENTOS CORRELACIONADOS Y ARTICULOS EN PARTICULAR QUE HAS LEIDO.....QUE NOS PUEDES COMENTAR ?
SI DESEAS PLASMALOS AQUI Y TE APOYAMOS A INTERPRETARLOS
SALUDOS
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lobozac
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24/Ene/09 18:08
Re: CASA OFICINA
Muy bien Lobozac, gracias por tu sugerencia, en cuanto lo haga lo plasmare aqui para que de esa manera me puedas proporcionar tu valioso comentario.
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OSCAR_ITO
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24/Ene/09 18:19
Re: CASA OFICINA
1.- Las casas no podrian deducirse
2.- lee el art 32 en alguna de sus fracciones se indica lo que te comento
En cuyo caso, se me hace muy aventurado intentar deducir una casa que se habita como vivienda.
Si no es asi, entonces las posibilidades se incrementan, pero habria que analizarse otras situaciones.
Si has de deducir esa casa, exclusivamente debe tenerse para el negocio, la tenencia es de la persona que contribuye al pago de impuesto y cuando se enajene, no debe haber exenciones de impuestos, ha de gravarse la totalidad del ingreso
Y es, en este momento en que se deduceria esa edificacion (oficina) por el costo fiscal pendiente de deducirse
Por ISR habria posiblidades de deducirse la depreciacion fiscal, en lugar del costo de adquisicion (compras) y para el IETU sus desembolsos, dependiendo de cuando se realizaron las escrituras
Seguro todos los servicios que se erogarian no serian con costos de casa habitacion. Las oficinas y locales comerciales les cobran mas caro todos los servicios por lo general.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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24/Ene/09 20:10
Re: CASA OFICINA
Gracias Enrique por tu comentario y te dire que esa casa se adquirio con el fin de establecer mi oficina, mas nunca para utilizarse como casa habitacion. Por lo que respecta a los servicios, hasta ahorita energia electrica y agua son como casa habitacion y tal vez el servicio de energia electrica si se cambie a comercial para poder hacer esa deduccion, el telefono ya es comercial.
Ahora el Art. 32, encontre que si menciona algo de casa habitacion pero lo considera no deducible cuando es uso o goze.
La fecha de escrituracion fue en 2008.
SALUDOS Y muy valioso tu punto de vista
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OSCAR_ITO
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25/Ene/09 00:50
Re: CASA OFICINA
No he comentado que no se pueda aplicar la deduccion.
Solamente que existeria diversos requisitos que habrian de cumplirse. Las leyes fiscales marcan requisitos, hechos, situaciones, si se aplican, se consigue el derecho de deduccion.
Claro que cumplir no es sencillo, pero cuando se consigue, se obtendria las bondades de estar bien conforme a derecho.
Saludos cordiales,
enrique9727
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enrique9727
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25/Ene/09 00:56
Re: CASA OFICINA
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CHAVALON
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25/Ene/09 16:23
Re: CASA OFICINA
CHAVALON, muchas gracias muy completo el articulo publicado y eso ya me deja mas claro el panorama para poder tomar la decision en cuanto a mi comentario.
Ahora parece ser que se va enajenar una parte del bien adquirido y
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OSCAR_ITO
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25/Ene/09 16:25
Re: CASA OFICINA
CHAVALON, muchas gracias muy completo el articulo publicado y eso ya me deja mas claro el panorama para poder tomar la decision en cuanto a mi comentario.
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OSCAR_ITO
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26/Ene/09 00:01
Re: CASA OFICINA
OSCAR_ITO:
CHAVALON, muchas gracias.......
Creo que a quien hay que agradecer es al personal de Fiscalia, ellos fueron los que lo desarrollaron.
Por otro lado, que bueno que ese artículo te sirvió para tomar tu decisión.
Saludos
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CHAVALON
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