31/Mar/09 04:17
Re: IETU inversiones en construcción
Los pagos efectuados de esos activos del 2007, que se realizaron en el ultimo cuatrimestre del 2007, se pueden aplicar como DEDUCCION ADICIONAL, UNA TERCERA PARTE LE CORRESPONDERIA aplicarse en 2008, otra en 2009 y en 2010 la restante 3ra parte.
A cada mes de esos ejercicios le corresponderia una doceva parte de 1 año.
Debo entender que todo el activo fijo fue adquirido en 2007, se tendría comprobaciones de esta fecha. Entonces el resto de la inversion que no corresponda aplicarse como deduccion adicional, corresponderia aplicarse el credito de activos fijos conforme a los articulos transitorios de la LIETU.
Existe la regla 17.6 RFM 2007 donde permite deducciones de pagos 2008, con comprobaciones de 2007, cuando no se aplico la deduccion en 2007.
Si hubiensen comprobaciones por inversiones con fecha de 2008 y pagos en 2008, entran integramente para su deduccion autorizada, como bienes por inversion, en IETU, excepto su IVA correspondiente.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?