25/May/09 18:49
Re: P.F. ARRENDAMIENTO OBLIGADA A DIOT
Estoy obligado a presentar la DIOT en el mes donde se adquirio el Auto, porque en los demas meses estoy eniando la DIO 'Sin operaciones', pero este mes nose que proceda...?
El 'proveedor' del equipo de transporte, no procede declararse informarse, pues no es acreditable, no se deduce en ISR, no se declararía en DIOT.
Tu pregunta primera, estoy obligado a DIOT. El arrendamiento en el Art 1 LIVA te marca como una actividad gravada a este impuesto, por lo tanto le aplica la obligacion del DIOT, estipulada en el art 32 LIVA F- VIII
Si no hubo iva acreditable pagado en ese mes que se expresa que se compro el equipo de transporte. Definitivamente procederia aplicarse una DIOT, sin operaciones. Pues, no habria IVA acreditable aplicado en la declaracion y la obligacion de declarar del DIOT sigue estando vigente.
Jamas cualquiera de los que hemos participado en el foro, hemos estado en contra de una situacion asi.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?