29/May/09 10:57
SIGUE EL MONITOREO........
PARA LOS QUE SE QUIERAN SEGUIR PASANDO DE LISTOS.........
SALUDOS
Aviso importante
El Servicio de Administración Tributaria
se ha percatado de que diversos despachos han propuesto esquemas para evadir el pago de contribuciones, entre las que se encuentra el aprovecharse de la figura jurídica de las sociedades cooperativas con el único propósito de eliminar cargas tributarias a las personas morales derivadas de una relación laboral con sus trabajadores; esto es, recibir los mismos servicios personales subordinados a través de una
cooperativa (outsourcing), de manera que sus trabajadores se constituyan como socios cooperativistas, lo que causa perjuicio no sólo al fisco federal por omitir el pago de contribuciones, sino también a las personas físicas que prestan los servicios personales subordinados por eliminarles los derechos derivados de una relación laboral, principalmente en materia de seguridad social.
Con este esquema se pretende sustituir el pago de un salario bajo la figura jurídica de la previsión social considerada en la Ley General de Sociedades Cooperativas; esto es, dichas sociedades
simulan ser cooperativas que registran como socios cooperativistas (
realmente empleados) al personal que se les transfiere de las empresas, de tal modo que reciben remuneraciones bajo el concepto de previsión social, sin que puedan acreditar que las cantidades entregadas al supuesto socio se hayan aplicado a los conceptos que la ley señala como previsión social y, en otros casos, que los fondos de previsión social se hayan creado con las formalidades que la misma ley exige.
Las supuestas sociedades cooperativas que se crearon para adquirir este esquema fiscal lo que en realidad hacen es distribuir a los socios un anticipo de los ingresos por la prestación de servicios a terceros, estando obligadas a calcular, retener y enterar el impuesto sobre la renta que resulte, de conformidad con lo previsto por los artículos 110, fracción III, y 113 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; criterio que ha sido confirmado por diversos órganos jurisdiccionales.
Por tal motivo, el Servicio de Administración Tributaria ha iniciado revisiones a diversas empresas que han desnaturalizado la figura de la sociedad cooperativa, así como a terceros relacionados con ellas, derivado de lo cual se han determinado contribuciones omitidas por 1,900 millones de pesos.
Ahora bien, el efecto fiscal para las personas morales que contratan a empresas que simulan ser una sociedad cooperativa o aplicaron el esquema descrito anteriormente, esencialmente se traduce en el rechazo de las deducciones correspondientes a los montos facturados por dicha sociedad cooperativa por concepto de prestación de servicios, ya que en realidad lo que se simuló fue una relación laboral, es decir, la prestación de un servicio personal subordinado.
Si usted utilizó o está aplicando este esquema, lo invitamos a que corrija su situación fiscal y a sumarse a los cientos de contribuyentes que han aprovechado la oportunidad que se les está brindando. Asimismo, si conoce de empresas o a personas físicas que presten sus servicios bajo este esquema, lo invitamos a que denuncie por correo electrónico a la dirección denuncias@sat.gob.mx. Le garantizamos la confidencialidad de su denuncia.
Con estas acciones, el SAT refrenda su compromiso con la sociedad para erradicar la evasión y proteger los derechos de los trabajadores.
Para mayor información visite la página http://www.sat.gob.mx/
Le recordamos que en el SAT únicamente enviamos correos electrónicos con información y nunca solicitamos por este medio,
la instalación de software alguno.
Esta información no establece obligaciones ni crea derechos distintos de los contenidos en las disposiciones fiscales vigentes.
Si requiere asesoría fiscal no devuelva este mensaje, mejor utilice los nuevos servicios de nuestro Portal de Internet,www.sat.gob.mx
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