03/Jun/09 13:24
DUDA COMPENSACION (REQ. SAT)
Hola amigos.
Presente una compensacion por internet dirigida a grandes contribuyentes, ya pasaron 38 dias y no han respondido nada.
Pregunta:
1. Tienen un plazo para aceptar el aviso y/o requerirnos informacion?
2. Podriamos aplicar la negativa ficta (cuando se de el plazo)?
Gracias.
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2IMPARH
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03/Jun/09 14:20
Re: DUDA COMPENSACION (REQ. SAT)
1. Tienen un plazo para aceptar el aviso y/o requerirnos informacion?
2. Podriamos aplicar la negativa ficta (cuando se de el plazo)?
EN CUANTO A LOS PLAZOS, ANALOGAMENTE PODRIAMOS ENTENDER QUE AL RESPECTO APLICA EL ARTICULO 8 CONSTITUCIONAL EN TODA SU ESENCIA, ...........
EN CUANTO A 'APLICAR' ......COMO ENTIENDES LA NEGATIVA FICTA ?............O COMO LA APLICARIAS ?.......ES DECIR, QUE ES 'APLICAR' PARA TI ?
SALUDOS
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lobozac
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03/Jun/09 14:39
Re: DUDA COMPENSACION (REQ. SAT)
Ups...a mi me las aceptaron casi luego luego...
Mientras las tengas presentadas y no te hayan dado por respuesta que tienes inconsistencias o debas de realizar correcciones ...no hay problema...
Asi que monitorealas en cuanto te pongan incosistencias te dan 15 dias para volverlas a presentar...pero te recomiendo que la corrijas el mismo dia y la vuelvas a presentar.
No tengo fundamento legal...te hablo de mi experiencia, en las compensaciones que meti.
¡saludos!
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GrupoAguila
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03/Jun/09 14:43
Re: DUDA COMPENSACION (REQ. SAT)
Salud2 2IMPARH, sobre tu duda de compensación por internet, te comento, prepárte para recibir una multa por no haber presentado dentro del plazo el aviso, no es broma, porque eso mismo nos sucedió, acudimos a la Admon local para presentar un escrito y copias de los acuses de recepción de dicho trámite por internet, el chiste es que no nos quisieron recibir el escrito y según ellos como no funciona bien el internet pues lo presentara via normal (pape, ya se me hacia raro tanta dulzura que todo por internet) y sobre la multa pues que presentaramos otro escrito en el cual mencionaramos todo lo anterior y fin del asunto, así que ya sabes lo que te espera.
Salud2
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DAMIAN23
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03/Jun/09 14:50
Re: DUDA COMPENSACION (REQ. SAT)
Respecto a la negativa ficta lobozac, me refiero que si pasan los 3 meses y no han respondido nada, automaticamente la podriamos dar la compensacion por buena. O me equivico?
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2IMPARH
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03/Jun/09 15:09
Re: DUDA COMPENSACION (REQ. SAT)
Buen dia
Mira la autoridad te debe de contestar por escrito si aprueba o rechaza tu compensacion, pero no hay un plazo, al no haber plazo pues como aplicarias el 37 CFF???
Concretamente tratando se de Compensaciones Electronicas dentro de mi portal puedes checar en mis asuntos pendientes si te las ha requerido, si no monitorealas cada dia de ser posible, dentro de las consultas de solicitudes.
En mi caso estuve checando cada semana y nada, sali de vacaciones a finales de mayo y regreso y resulta que me habian requerido desde el mes de Abril y como te dan 15 dias ya habia vencido el plazo para contestar, pero como te comento antes de irme cheque y no me habian requerido nada, pero como les compruebas??? asi que tuve que volverla a presentar.
espero que sea de Ayuda
saludos
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fiscal13
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03/Jun/09 18:46
Re: DUDA COMPENSACION (REQ. SAT)
Respecto a la negativa ficta lobozac, me refiero que si pasan los 3 meses y no han respondido nada, automaticamente la podriamos dar la compensacion por buena. O me equivico?
SI, SI TE EQUIVOCAS
SALUDOS
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lobozac
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03/Jun/09 19:04
Re: DUDA COMPENSACION (REQ. SAT)
Artículo 131.- La autoridad deberá dictar resolución y notificarla en un término que no excederá de tres meses contados a partir de la fecha de interposición del recurso. El silencio de la autoridad significará que se ha confirmado el acto impugnado.
El recurrente podrá decidir esperar la resolución expresa o impugnar en cualquier tiempo la presunta confirmación del acto impugnado.
este articulo a contrario sensu te dice que LA COMPENSACION PRESENTADA, SE TIENE POR NO PRESENTADA...............Y PODRAS IMPUGNAR a traves del recurso menor o pasarte al juzgado de dtto al amparo indirecto
pero esto ya es defensa fiscal-legal..
saludos
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lobozac
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03/Jun/09 22:55
Re: DUDA COMPENSACION (REQ. SAT)
Lee por favor el artículo 41-A del Código Fiscal de la Federación.
Saludos
Miguel
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migueljurado
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04/Jun/09 08:41
Re: DUDA COMPENSACION (REQ. SAT)
Perfect migueljurado, hay que esperar tres meses.
Gracias.
Lobozac
Precticamente el 131 es igual al 37 (negativa ficta), entonces si pasan los tres meses, debo entender que fue rechazada y no aceptada.
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2IMPARH
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