13/Jun/09 12:06
Re: COMPENSACION UNIVERSAL
Gumeta
Esto viene en el portal del sat ...
Los saldos a favor generados antes de entrar en vigor la compensación universal, ¿son susceptibles de compensación contra impuestos federales a cargo determinados con posterioridad al 1º de julio de 2004?
Respuesta
Sí, toda vez de que se trata de normas de procedimiento, que no se refieren a los elementos esenciales de las contribuciones, por lo que a partir del 1o. de julio de 2004, podrán compensarse los saldos a cargo que se manifiesten en declaraciones que se presenten a partir de dicha fecha, contra saldos a favor pendientes de aplicar, sin importar el periodo al que correspondan ambos conceptos o tipo de declaración.
Fundamento legal: Artículos 6 y 23 Código Fiscal de la Federación.
Pero te sugiero que esto lo veas con un abogado, ya que es materia legal...y el te dara un mejor panorama de lo que comentas........
saludos
- Observar el espíritu de la ley implica un todo porque es un nivel de vida en uno mismo, pero jamas transcribas lo que no es tuyo como propio, porque denota una falta de conocimiento evidente.