17/Jun/09 09:19
Re: Honorarios-Seguro de Gts Medicos
Buen día Gaboss,
Tienes razón a lo mejor nos desviamos un poco del tema.,.,,.y tal vez no es correcto decirte nomas que no,, sin analizar bien el tema,.me disculpo
Lo que comentas de las empresas grandes,,, que les dan prestaciones adicionales a los directores y los más picudos,.,. la experiencia que yo tengo en empresa grande es que hacía una empresa de servicios,, que si tuviera estas prestaciónes,,, y solo estaban ahi los picudotes.,.
En cuanto a previsión social de honorarios,.,.,. desde mi punto de vista conservador,.., no aplicaría., Yo presente un caso similar.,. (Al que nadie aporto, estoy sentido)
http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=35956&idCat=10
Un analiss mas a fondo
El art 31 lis fracc XII te dice que los gastos de previsión social serarn deducible cuando se otorgen en forma GENERAl en beneficio de todos los TRABAJADORES..
El art 8vo de la LFT define a trabajador comouna peronsa físcia que presta a una PF O PM un trabajo personal subordinado,..,
Los servicios profesionales tienen que ser prestados de manera independiente, según la fracc II del Art 120 de la LISR.
Ahora, si por alguna razón la prestación de un servicio independiente requiriera que a esta persona se le pagará el SGMM (A travez de un contrato) entoncesyo creo que sí sería deducible.,, El caso de un honorario para un proyecto de 6 meses de algo que requiera una empresa,, podría haber un contrato de prestación de servicios profesionales que estipule que la empresa le pagará el SGMM y papelería, material etc,. Entonces sería un gasto 'necesario'.
Sin embargo esto no aplicaría en tu caso desde el momento en que estas cayendo en una malinterpretación de la ley, por lo de los servicios profesionales.,
Inclusive el ejemplo que te menciono,, esta muy 'aventado' y probablemente te lo observen o rechazen en una revisión,.,.,
Yo prefiero ser conservador,...,
Inc