16/Jul/09 14:18
5 AL MILLAR DEDUCIBLE PARA IETU?
Hola buenas tardes y saludos para todos los colegas:
Tengo una duda respecto a la deducción para efectos de IETU del 5% al millar que nos descuenta un organismo gubernamental, por 'Inspección y vigilancia', me queda claro que esto es un gasto deducible para ISR, ahora bien analizando el Art. 5 de la ley del IETU y el 2o y 3o del CFF, desde mi punto de vista este concepto encuadra dentro del rubro de 'aprovechamientos' los cuales son deducibles de acuerdo al mencionado art. 5 la ley del IETU.
¿ Cual es su opinin al respecto?
Gracias.
'Tanto si piensas que puedes, como que no puedes, estas en lo cierto'