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04/Nov/09 10:30
Re: IVA al 15% ó al 16% facturado en 2009, cobrado en 2010?

¿ Y que va a pasar con nuestros recibos de honorarios al momento de que nos retenengan las 2/3 partes del IVA Causado?
Si en la actualidad en los recibos estan impresas las palabras 'Retencion IVA 10%' ; ¿ a partir del 2010 tendremos tendremos que modificar la impresión al 10.67% ?

Entonces como una extraña moraleja..' al expedir recibos de honorarios y arrendamientos en diciembre de 2009 que te lo paguen en el mes, en caso contrario cancelarlos'.

Como siempre es un gusto leer sus comentarios, un saludo cordial.
 
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RubenPineda
Subteniente

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04/Nov/09 10:54
Re: IVA al 15% ó al 16% facturado en 2009, cobrado en 2010?

Lobozac:

En ocasiones también prefiero estudiar las reformas hasta que entran en vigor, hubo algunas veces que estudiaba las 'iniciativas de reforma' y luego las modificaban y al final tenía dudas de lo que había estudiado y lo que publicaban.

Saul Castro:
Gracias por tus aportaciones, me son de gran utilidad.

Estamos evaluando pagar la mayoria de los pasivos antes de cerrar el ejercicio 2009, para no tener que cambiar las tasas y en su caso estar recabando nuevos comprobantes.

Saludos
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Teniente Coronel

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04/Nov/09 11:08
Re: IVA al 15% ó al 16% facturado en 2009, cobrado en 2010?

Y como ven este posible problema? Los servicios de luz, teléfono, etc... que para finales del ejercicio abarcaran dos periodos de consumo... Dic-09 y Ene-10?
 
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CP_PACO
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05/Nov/09 12:47
Re: IVA al 15% ó al 16% facturado en 2009, cobrado en 2010?

El Diario Oficial de la Federación es el órgano del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, cuya función consiste en publicar en el territorio nacional, las leyes, decretos, ...y demás actos, expedidos por los Poderes de la Federación en sus respectivos ámbitos de competencia, a fin de que éstos sean aplicados y observados debidamente. (2 LDOF)

Las leyes, reglamentos, circulares o cualesquiera otras disposiciones de observancia general, obligan y surten sus efectos tres días después de su publicación en el Periódico Oficial. (3 CCF)

A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. (14 CPEUM)

Es decir; una vez publicadas las reformas; ellas serán aplicables para los actos o actividades realizados una vez que dichos cambios esten en vigor, no antes.
 
Millones de personas vieron una manzana caer, pero Newton fué el único que preguntó ¿ porqué... ? ( b.m.b. )
 
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AlbertoFC
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